Doble R, por dentro

Mensaje de nuestro agente colaborador en Artemisa.

El Sr. Brito nos escribe…

Mira, te escribo para que conozcas de un caso que para mi es insólito, y las cosas que están haciendo en el consulado de España en este país, que para mi en lo particular no tiene parangón en la historia. Te cuento.
Este señor nombrado Bartolomé Jorge V. M., tiene a su hija casada con un español de origen, y viven en Barcelona, ya Jorge visitó a su hija en el año 2011 y estuvo casi los tres meses con ellos allá, vio a su hija, el nieto y a su yerno. Ahora bien, lee bien esto, hace poco le enviaron una carta de invitación nuevamente, y al presentarse con los documentos que debía llevar le entregaron un documento de Requerimiento de subsanación y le dieron cita para entregar la documentación que de nuevo le piden para el día 6 o 24 de octubre. Ahora viene lo interesante:
Le piden los $ 1924.20 euros en efectivo para que los enseñe en esa entrevista. (el presenta un cheque pero está a nombre de su yerno que es quien lo invita)
En el acápite de documentos que demuestren el arraigo del solicitante en Cuba: Certificado de Registro Civil,  documentos de identidad, incluso la libreta de Abastecimientos de Cuba, la propiedad de su casa aquí en Cuba en original como escritura patrimonial. Como es jubilado también le piden certificado que acredite la percepción de una pensión y él llevo las resoluciones de su jubilación, las copias impresas de la misma pero quieren los originales.
La otra: Prueba de parentesco con la persona invitante (certificado de nacimiento, matrimonio o que demuestren la relación alegada en la carta de invitación.
Cuando él fue en el año 2011 presentó la certificación de nacimiento de su hija, la certificación de Matrimonio debidamente legalizada en asesoría jurídica Internacional donde se plasma que su hija se caso legalmente el 13 de julio del 2009, que tiene un hijo nacido en Barcelona que nació el 19 de julio de 2010, y este matrimonio esta acreditado oficialmente en dicha embajada aquí en Cuba, claro está.
Como puedes ver, es un mar de documentos y de dinero que tiene que invertir Jorge para poder ver a su hija nuevamente así como a su nieto y yerno. Cómo se entiende esto?. Si ya él fue en una ocasión y no le solicitaron tantos documentos por qué ahora que lo invitan por segunda vez le piden ‘lo humano y lo divino’, este señor imagínate como está, después de los gastos monetarios en moneda en cuc y en euros que se han invertido aquí y allá.
Por mi parte lo veo incontrastable, esto es el colmo, no lo entiende nadie. podrás darme una explicación????  La desgracia de esto, es que uno no puede conversar con el cónsul o con el Embajador y preguntar todo este rosario de cosas que piden que son absurdas, porque incluso le están pidiendo otra vez, la certificación de nacimiento de su hija, la cual tiene que aparecer ahí  por todos los trámites que ha realizado incluyendo su matrimonio.
Ahora él viene y me dice, me están pidiendo cosas que nunca me habían pedido, y dentro de ellas, documentos que ya ellos poseen, ¿Cómo se mastica esto, mi amigo Pedro?
Es el colmo. No entiendo y no se. ¿Podrías darme tu opinión?
Por mi parte, este caso, lo puedes  informar y enseñar y publicar por la vía que quieras, el señor Jorge esta de acuerdo con ello, aquí lo tengo acabado de llegar del Consulado si le ves la cara, vaya!! para qué contarte?.
J. A. BRITO. 
21 # 5610 e/ 56 y 58 Artemisa. 
 Teléfono: 36-2345

Nuestra respuesta al colaborador en Artemisa, la hacemos mediante copia y pega de lo que dice la página Web del Consulado de España en la Habana a partir del Reglamento de Extranjería actual de España. 
Puede acceder a la información clikando en los enlaces que se presentan seguidamente.

Requisitos (visado uniforme de corta duración)  Requisitos (visado uniforme de corta duración) 

(Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en  España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.)

DOCUMENTOS QUE DEBERÁ PRESENTAR EL DÍA DE LA CITA:

1. Por duplicado, impreso de “Solicitud de visado Schengen” debidamente cumplimentado, en mayúsculas y firmado por el interesado (si se tratara de un menor, deberá estar firmado por su representante legal o tutor). Hay un ejemplo de impreso rellenado correctamente en el panel informativo del Consulado General.
2. 2 fotografías recientes, pegadas a los dos ejemplares del formulario (tamaño visado, en color, mirando de frente y con fondo claro).
3. Pasaporte o documento de viaje (y fotocopia de la página del pasaporte o documento de viaje donde aparecen los datos del titular), reconocido como válido en España cuya validez, por lo general, sea superior en 3 meses al período de tiempo solicitado.
4. Reserva de avión o preboleto con las fechas del viaje previsto.
5. Si el solicitante no es cubano pero reside en Cuba, deberá aportar original y fotocopia de su permiso de residencia vigente.
6. Prueba de alojamiento:
a. Carta de invitación, solicitada por un particular, español o extranjero, que resida en España, de conformidad con lo establecido en la Orden PRE/1283/2007 de 10 de mayo, por la que se establecen los términos y requisitos para la expedición de la carta de invitación a favor de extranjeros que pretendan acceder al territorio nacional por motivos de carácter turístico o privado. Es competente para su tramitación y expedición la Comisaría de Policía u Oficina de Extranjeros del lugar de residencia en España. Además se presentará:
i. Prueba de parentesco con el invitante, si fuera el caso (sólo se considerará probado con una fotocopia compulsada del documento de identidad de la persona que invita y las certificaciones originales de nacimiento, y/o certificaciones de matrimonio originales con una validez menor de 3 meses). Los certificados cubanos deberán estar legalizados por el MINREX.
ii. Fotocopia compulsada del documento de identidad y/o de la tarjeta de residente vigente del invitante.
iii. Certificado de empadronamiento vigente del invitante.
b. En otros casos, otros documentos (por ejemplo, una reserva en un establecimiento hotelero).
NOTA: para los estudiantes cuyos estudios duren menos de 90 días, bastará como documento justificativo el certificado de inscripción en un centro de enseñanza.
7. Medios económicos del solicitante de visado, que para España se actualizan anualmente (para estancias menores de 9 días se necesitará acreditar 577.26 euros; para períodos superiores, esta cantidad se incrementará en 64.14 euros por día). Estos medios se acreditarán mediante la exhibición de los mismos, en el caso de que los posean en efectivo, o mediante la presentación de cheques certificados, cheques de viaje, cartas de pago, o tarjetas de crédito, que deberán ir acompañadas del extracto de la cuenta bancaria o una libreta bancaria puesta al día (no se admitirán cartas de entidades bancarias ni extractos bancarios de Internet), o cualquier otro medio con el que se acredite fehacientemente la cantidad disponible como crédito de la citada tarjeta o cuenta bancaria.
8. Seguro médico de viaje adecuado y válido que cubra aquellos gastos que pudieran ocasionar su repatriación por motivos médicos o por defunción, la asistencia médica de urgencia o la atención hospitalaria de urgencia durante su estancia o estancias en el territorio de los Estados miembros. El seguro deberá ser válido en el territorio de los Estados miembros y cubrir todo el período de estancia o tránsito que la persona haya previsto. La cobertura mínima será de 30 000 EUR.
9. En caso de que el solicitante sea menor de 18 años o incapaz, se deberá aportar el consentimiento notarial (original y fotocopia) de quienes ejercen su patria potestad o tutela, donde se especifique que la salida de la persona es temporal.
10. Documentos que demuestren el arraigo del solicitante en Cuba (familia en Cuba (certificaciones del Registro Civil y tarjetas de identificación cubanas), propiedades, trabajo, cuentas y depósitos bancarios,…). Se podrá requerir cualquier otro documento o citar al solicitante para una entrevista.
Actualizado: 17/12/2012
19:17


Sobre el tema de las cartas de invitación para cubanos, volveremos pronto con más comentarios y sobretodo con experiencias concretas de casos atendidos por este Despacho.

Mientras llega ese momento: 
‘Saque UD sus propias conclusiones’.