Miércoles, 25 de mayo de 2011.

Cónyuge / hijos / padres

Estos son los derechos de los miembros de tu familia que no son ciudadanos de la UE y quieren vivir contigo en el país al que te has trasladado.

Estancias de hasta tres meses

Aunque no sean ciudadanos de la UE, tu cónyuge, hijos, nietos, padres y abuelos pueden acompañarte en otro país de la UE. Para una estancia de menos de tres meses, necesitan un pasaporte válido (y también un visado de entrada, dependiendo de su país de origen).

Más sobre el visado de entrada y las exenciones previstas.

Antes de tu partida, pregunta en el consulado del país al que te traslades si los miembros de tu familia que no son ciudadanos de la UE necesitan un visado de entrada y cuánto se tarda en obtenerlo.
Notificar la presencia en el país
En algunos países de la UE, tu cónyuge, hijos, nietos, padres y abuelos no ciudadanos de la UE tendrán que notificar su presencia en el territorio. Deberán hacerlo en un plazo de tiempo razonable desde su llegada y si no cumplen esta obligación podrán ser sancionados, por ejemplo con una multa.

Antes de su partida, infórmate de los plazos y requisitos para notificar la presencia en el territorio a las autoridades nacionales.

Para notificar la presencia se necesita un pasaporte, pero el trámite es gratuito. Por lo general, las personas que se alojan en un hotel solo tienen que rellenar un impreso y el hotel se ocupa del resto.

El hecho de no notificar la presencia en el territorio puede ser sancionado con una multa en algunos países de la UE, pero no puede ser causa de expulsión.

Tu cónyuge, hijos y padres tendrán que llevar consigo el pasaporte en todo momento.
Aunque en algunos países de la UE pueden imponerles una multa o detenerlos temporalmente por circular sin pasaporte, eso no puede ser causa de expulsión.
Igualdad de trato
Durante su estancia deben recibir el mismo trato que los ciudadanos del país donde resides, sobre todo en aspectos como acceso al empleo, salario, prestaciones para facilitar el acceso al empleo, matriculación en un centro de enseñanza, etc.

Y aunque su estancia sea meramente turística, no podrán cobrarles más en museos, medios de transporte, etc.

Excepción : Si eres pensionista, algunos países de la UE pueden negaros a ti y a tu familia la concesión de una ayuda económica durante los tres primeros meses de estancia.
Expulsión
En casos excepcionales, el país donde resides puede expulsar a tu cónyuge, hijos, nietos, padres y abuelos no ciudadanos de la UE alegando razones de orden público, de seguridad pública o de salud pública, pero solo después de demostrar que representan una amenaza grave.

La decisión de expulsión debe notificarse por escrito, explicando todos los motivos que la justifican, cómo recurrir y en qué plazo.

Tomado de: http://ec.europa.eu/youreurope/citizens/travel/entry-exit/eu-citizen/index_es.htm

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