Preguntas frecuentes, Ley Nietos y Nacionalidad española

La Ley de Nietos y la Nacionalidad española reciben en nuestra Web desde finales de 2015 una gran cantidad de consultas y preguntas tanto a través de nuestros artículos como por el Chat en vivo del blog

Hemos querido reunir los temas más recurrentes para dar una explicación sencilla que pueda llegar a todos acerca de temas de tanto interés para los descendientes de la emigración española

Aquí respondemos a las consultas frecuentes de nuestros seguidores y de todos los Hijos, nietos y bisnietos de emigrantes españoles en el mundo

Veamos la primera ronda…

Preguntas frecuentes de nuestros seguidores:

1.- ¿Cómo puedo Recuperar la Nacionalidad española de mis ascendientes españoles?

2.- ¿Qué documentos debo aportar para acceder a la Nacionalidad española de mi padre o madre española y nacidos en España?

3.- ¿En qué Ley está contenido esta prerrogativa o derecho reconocido por el Estado español?. ¿ Dónde puedo bajar la Ley 36/2002?

4.- ¿Hay alguna esperanza de que se apruebe una Ley de Nacionalidad para resolver la discriminación que supuso la Ley 52/07 , de Memoria Histórica o de Nietos? ¿Cuándo estará disponible? ¿Incluirá a los bisnietos mayores de edad que han quedado fuera? ¿Incluirá a los nietos de abuelas discriminadas? ¿Cuáles son los mitos y realidades de tal posibilidad?

5.- ¿Qué puedo hacer para que mis hijos menores españoles por mi condición NO PIERDAN la nacionalidad luego de arribar a la mayoría de edad ?

Preguntas frecuentes, Ley Nietos y Nacionalidad española

No. 1

 

#DerechosEmigracEspañola

1.- ¿Cómo puedo Recuperar la Nacionalidad española de mis ascendientes españoles?

Si es UD hijo/a de emigrante español y además nacido en España, puede acceder en cualquier momento a la condición de su progenitor/a

La modificación permanente del Código Civil español (CC) contenida en la Ley 36/2002 dice así:

Artículo único.
Los artículos 20, 22, 23, 24, 25 y 26 del Código Civil quedarán redactados de la forma siguiente:
«Artículo 20.
1. Tienen derecho a optar por la nacionalidad española:
a) Las personas que estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español.
b) Aquellas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España.
c) Las que se hallen comprendidas en el segundo apartado de los artículos 17 y 19

¿Qué dice el Artículo 17 del CC, apartado 2do.?

17. 1. Son españoles de origen:

2. La filiación o el nacimiento en España, cuya determinación se produzca después de los dieciocho años de edad, no son por sí solos causa de adquisición de la nacionalidad española. El interesado tiene entonces derecho a optar por la nacionalidad española de origen en el plazo de dos años a contar desde aquella determinación (10)

¿Qué dice el Artículo 19 del CC, apartado 2do.?

 

19.2 Si el adoptado es mayor de dieciocho años, podrá optar por la nacionalidad española de origen en el plazo de dos años a partir de la constitución de la adopción (12)

Texto del Código Civil Español

788-20-España. CÓDIGO CIVIL

Preguntas frecuentes, Ley Nietos y Nacionalidad española

No. 2

 

2.- ¿Qué documentos debo aportar para acceder a la Nacionalidad española de mi padre o madre española y nacidos en España?

  1. Documentación necesaria para la recuperación de la nacionalidad española de un mayor de edad nacido fuera de España y con uno de los progenitores nacido en España
  2. Hoja Declaratoria de Datos (debidamente cumplimentada).
  3. Original del certificado literal o en extracto de nacimiento del solicitante, (expedida por el Registro Civil de la localidad de nacimiento), legalizado o apostillado
  4. Carné de Identidad, original y fotocopia, en vigor
  5. Original del certificado literal de nacimiento de su padre/madre (expedida por Registro Civil Español)
  6. Original del certificado de la Dirección de Inmigración y Extranjería para el caso de Cuba (legalizado por el MINREX), en el que se especifique claramente si su padre/madre se registró como extranjero.
  7. Original del certificado literal o en extracto de matrimonio de sus padres (si existió), legalizado o apostillado

 

Preguntas frecuentes, Ley Nietos y Nacionalidad española

 No. 3

 

3.- ¿En qué Ley está contenido esta prerrogativa o derecho reconocido por el Estado español?. ¿Dónde puedo bajar la Ley 36/2002?

La legislación que  así lo faculta es la Ley 36/2002  de 8 de octubre, que podrá bajar en el siguiente enlace, si desea estudiarla y tenerla a mano

Ley 36/2002 acceso a la Nacionalidad española

LEY 36.2002, de 8 de octubre, de modificación del CC en materia Nacionalidad

 

Preguntas frecuentes, Ley Nietos y Nacionalidad española

No. 4

#abuelasdiscrimLMH

4.- ¿Hay alguna esperanza de que se apruebe una Ley de Nacionalidad para resolver la discriminación que supuso la Ley 52/07 , de Memoria Histórica o de Nietos?

  • ¿Cuándo estará disponible?

  • ¿Incluirá a los bisnietos mayores de edad que han quedado fuera? ¿Incluirá a los nietos de abuelas discriminadas?

  • ¿Cuáles son los mitos y realidades de tal posibilidad?

Pues los mitos y realidades de esta posibilidad son muchos pues la gente de muchos países iberoamericanos, especialmente cubanos, nos reiteran esta interrogante con frecuencia. Un ejemplo que podemos poner es la siguiente consulta acabada de entrar a nuestro buzón de correo electrónico

HOLA

 EXISTE NUEVAMENTE EL COMENTARIO GENERALIZADO QUE MUY PRONTO SE ABRIRA LA LEY DE MEMORIA HISTORICA NUEVAMENTE   Y QUE LA MISMA SE EXTENDERA  HASTA LOS BIZNIETOS. RUEGO SE ME ESCLAREZCA PARA PODER ACLARAR A LAS PERSONAS QUE SE DIRIGEN A MI PARA PREGUNTAR. GRACIAS SALUDOS ADA

Ada es una seguidora de Doble R y ayuda a gente en Cuba a aclarar sus dudas y tanto ella como los lectores de este artículo verán que hay una posibilidad pero que aún es remota. Decir lo contrario es crear falsas expectativas.

Han sido múltiples nuestras respuestas a estas consultas que denotan además un interés de urgencia de algunas personas. Seleccionaré al azar alguna de las respuestas de este Grupo a estas preguntas…

  • Buenos días, Sr. Rogelio:
    En este artículo titulado “¿La Ley Nietos de España será modificada?” del pasado mes de junio nos referimos a las falsas promesas del gobierno, los tinos y desatinos de la Ley 52/07 en su Disposición Adicional 7ma, también conocida como Ley de Nietos.
    En el escrito UD podrá leer la situación actual y la propuesta del Consejo General de la Ciudadanía española en el exterior.
    Pero lamentablemente a día de hoy no hay ningún avance concreto.
    Si UD es bisnieto de emigrante español que no pudo entrar en la ley de Nietos o LMH, debe esperar que salga alguna legislación que elimine esta discriminación.
    Le sugerimos que se mantenga al tanto en este sitio y que si lo desea se suscriba a nuestros boletines mensuales. Mantenemos una atención permanente al asunto. Vea la pregunta y la respuesta original aquí
  • Hola Olga Lidia:
    De momento no es posible porque los hijos de los nietos acogidos a la Ley 52/07 o conocida como Ley de Nietos no contempla el acceso a los hijos mayores de edad. Claro, esta es una de las peticiones que hacen los que ya accedieron, como UD, a la condición de su abuelo. La argumentación es muy diáfana: se divide a la familia, porque unos tienen derechos y otros le son denegados.
    Podría leer este artículo aquí acerca del por qué se necesita en España una Ley de Nacionalidad para los descendientes de emigrantes españoles
    En uno de nuestros últimos artículos hablamos de la posibilidad que se vislumbra si en España gobernaran los partidos progresistas, y allí hemos visto lo que ha dicho el PSOE acerca de la promulgación de una Ley de Nacionalidad que acabe con estas discriminaciones…Vea lo que dice el PSOE: Legislar y seguidamente aprobar una Ley de Nacionalidad, procurando el máximo consenso…

    Esperemos que en el futuro esto se resuelva.
    De todas formas le decimos que su hija ha adquirido a través de UD una serie de derechos que le permitirían bajo ciertas circunstancias poder trabajar y residir en España legalmente, para luego obtener la nacionalidad por residencia
    Mantenga el contacto y si le gusta Facebook puede unirse a nuestro grupo allí “Hijos, Nietos y Bisnietos de Emigrantes Españoles en el Mundo” o también suscribiéndose a nuestro Boletín mensual.              Vea pregunta y respuesta original en este enlace

Resumen:

Para entender con claridad en qué punto estamos le proponemos que lean «Emigración española ¿Serán reconocidos sus derechos en el nuevo gobierno?». La Ley de Nacionalidad para los descendientes de emigrantes españoles, especialmente los que han quedado fuera de la Ley de Nietos, es una demanda de la diáspora y es una reivindicación apoyada por el PSOE. Pero del dicho al Hecho va un trecho como ya hemos dicho reiteradamente.
Mucha paciencia y al ánimo

Preguntas frecuentes, Ley Nietos y Nacionalidad española

No. 5

 

preguntas frecuentes, Ley Nietos y Nacionalidad española

 

5.- ¿Qué puedo hacer para que mis hijos menores que ya son españoles por mi condición NO PIERDAN la nacionalidad luego de arribar a la mayoría de edad ?

Deben expresar por escrito su deseo de Conservar la nacionalidad española

Los ciudadanos españoles, nacidos a partir del año 1985, hijos de progenitores españoles nacidos en el extranjero, deben expresar su voluntad de Conservar la nacionalidad española, según lo establecido en el art. 24.3 del Código Civil vigente.
Para la solicitud de esta conservación disponen de 3 años a partir de que cumplan los 18 años. Vencido este periodo, sin mediar la correspondiente solicitud, perderán la nacionalidad española y sólo podrán recuperarla si fijan su residencia en España, según lo regulado en el art. 26 del Código Civil vigente.

 

 

Seguidamente puede dejarnos sus comentarios y opiniones

 

Edición Martes