Hemos recibido esta información desde La Habana. Si se confirma tal extremo se afectaría el reconocimiento por parte de España de la Condición de Retornado a los Nuevos españoles por LMH.

Desearíamos obtener alguna confirmación de los afectados, por favor!!.

                               Nietos con derecho a la nacionalidad reunidos en Sti Spíritus en enero 2009.

Dando respuesta a las inquietudes que se han planteado por trabajadores que poseen doble ciudadanía, solicitando al Ministerio de ……..
Los documentos que esta exigiendo el Consulado de España a ciudadanos cubanos naturalizados españoles donde acrediten su antigüedad laboral y los salarios devengados, el Ministerio de Relaciones Exteriores en carta emitida el 7 de diciembre del año en curso esclarece lo siguiente:
La expedición de una certificación o constancia de tiempo de servicios laborados de un trabajador asalariado cubano, con el propósito o interés de Acreditarlos fuera del territorio nacional no se encuentra entre las atribuciones y funciones establecidas por el Gobierno para ser cumplidas por los órganos, organismos, entidades nacionales y entidades laborales.
El Código de Trabajo y las restantes legislaciones laborales y de seguridad social dispone que entre los documentos integrantes del expediente laboral de cada trabajador se encuentran los registros que sirven para acreditar historia laboral, incluido el tiempo de trabajo y salarios devengados solo a los fines laborales y de seguridad social en Cuba.
–.
El MINREX traslado esta información al Consulado de Españia en la Habana.

Esta es la negativa de certificacion del SNC25 y el consulado  español está pidiendo este certificado.

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TESTIMONIO DE UNA AFECTADA.

El viernes, 25 de mayo de 2012, AMPL escribió:

Estimado Pedro, me dirijo a usted porque yo soy una de las personas afectadas por esta disposición,m si bien es cierto que en mi centro de trabajo me dieron todos los  documentos que he pedido, incluso el
expediente laboral, tambien es verdad que el Ministerio se niega a dar el certifico de las firmas, creo que hay cierta confusión con lo que se pide por parte de la oficina de trabajo y con lo que no quieren dar algunos ministerios porque sé de casos en los que sí están otorgando esos certificos, según el señor que atiende en la Lonja del Comercio de la Oficina de Trabajo lo que debemos llevar es un certifico que acredite que los documentos son copias fieles de los originales y que la información que aportan es verídica y la que realmente se encuentra en el expediente laboral y que además las firmas que aparecen en dichos documentos corresponden a las personas nombradas para tal efecto.

En mi Ministerio me han dicho que ellos recibieron una circular donde se expresa que Cuba no tiene que certificar que las firmas de los directores de las instituciones son reales ni legales ni mucho menos,
en fin, que todo es una gran confusión, yo conozco un caso que pidió en su centro de trabajo el certifico de estos documentos firmados por su director, luego lo cotejó con las copias ante notario, luego lo legalizó en el Minrex, después lo legalizó en la embajada y la oficina de trabajo del consulado no lo aceptó sin el certifico del ministerio,  yo pienso que eso también es un poco exagerado por parte de España, me pregunto por qué no aceptar un documento legalizado, compulsado y cotejado por tanta gente yo creo que hay que llegar a un acuerdo sobre todo porque hay ministerios que han hecho caso omiso a la circular y están dando las firmas y otros no, además el jurídico de mi ministerio no sabe si realmente yo trabajo en ese lugar o no pero el de la institución sí, creo que es una arbitrariedad que pone un obstáculo más en esta historia sobre todo si analizamos que algunos continuamos trabajando siendo ciudadanos españoles y estamos esperando que eso se resuelva para tomar una decisión.

Espero que esta opinión sea de utilidad para cualquier reclamación que  se esté gestando.

 Sin más,

AMPL