Debate y votación en el parlamento el pasado 11 de junio

Lo que han dicho los portavoces de la Oposición en el Parlamento

 

 

 

Vea el video del primer portavoz: 


¿Qué dijeron los Diputados sobre la Ley  Nacionalidad para los Sefardíes y de la inclusión de nietos de emigrantes en una futura norma?


Hoy comentamos


Intervención de Jon Iñarritu durante sesión del Parlamento

IDEAS CENTRALES DE LAS PALABRAS DEL REPRESENTANTE VASCO DE AMAIUR

El proyecto de Ley tenía espíritu reparador de una injusticia pero se ha ido retorciendo su original intención, por un procedimiento muy engorroso y caro

El coste podría estar alrededor de 6 mil Euros

¿Por qué el procedimiento tiene que ser ante Notario en España y no en Consulados en el exterior?

¿Por qué en un plazo perentorio de 3-4 años si se ha legislado para reparar una injusticia?

La ley tiene una intención clara: cuantos menos puedan acceder, mejor !!

Va dirigido a aquellos con mayor poder adquisitivo y para gente joven: por tanto no repara una injusticia histórica, tiene propósitos ocultos.

La Ley es simbólica y un primer paso, pero no una Ley para satisfacer a la mayoría de sefardíes que desean acceder a esta condición

Vea fragmentos de su intervención en el siguiente video

Demanda final de Iñarritu



Solicita que en el futuro se impulsen leyes similares para otros colectivos de descendientes para personas represaliadas por el Estado


Pide que no sean limitadas por la voluntad del Partido Popular con mayoría absoluta en el Congreso

La esencia del instrumento legal. Los pasos 

que deben darse para #nacionesp_Sefarad 

Comentarios acerca del procedimiento de aplicación de la Ley


I.- La presentación de la solicitud será a través de medios electrónicos, es decir, una plataforma online dirigiendo la petición a la DGRN. En el resguardo de la solicitud aparecerá un Nº de identificación que debe ser guardado celosamente para próximas consultas o gestiones en la propia plataforma.


Conocedores somos de los problemas que ha acarreado a los solicitantes de nacionalidad por Ley de Memoria Histórica o de Nietos el hecho de que bastantes personas no se hayan percatado de que debían guardar el Nº de su expediente de solicitud para luego hacer reclamaciones, conocer el estado en que se encuentra, etc.


II.- La solicitud será enviada al Consejo General del Notariado quien seleccionará el Notario competente para valorar la documentación aportada por el optante


III.- Concertación de un cita personal del notario con el solicitante para recoger los documentos originales aportados por la persona. Dichos documentos deberán estar traducidos. Además deberán aportar el Certificado de Antecedentes Penales del país donde reside o de aquellos países adonde hubiera residido en los últimos 5 años. Documentos apostillados o legalizados. La comparecencia deberá ser personal excepto que el solicitante sea menor de edad o discapacitado. El notario dará su veredicto si considera que ha quedado demostrada la condición de sefardí originario de España y la especial vinculación con ella. Esta decisión del Notario quedará plasmada en un acta. Dicha acta será remitida telemáticamente a la DGRN*.


IV.- La DGRN pedirá informes al Ministerio del Interior español y al Ministerio de la Presidencia para resolver de forma motivada la solicitud.


V.- La resolución anterior de la DGRN, si fuera el caso, será el título para acudir al Registro Civil para la inscripción correspondiente. Antes de ello será requisito jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y leyes del Estado.


VI.- Luego de esta aprobación por la DGRN será necesario que el interesado en el plazo de un año se presente ante el Registro Civil competente (los residentes en el exterior lo harán ante el encargado del RC Consular más cercano a su domicilio). Para ello el optante tendrá que:


a.- Entregar un nuevo Certificado de Antecedentes Penales, acreditando de que no tiene ningún antecedente. Este documento deberá estar apostillado o legalizado y traducido al castellano, si fuera el caso.


b.- Deberá realizar ante el Encargado del RC el juramento de fidelidad al Rey y las leyes españolas. 


c.- Si en el plazo de un año, luego de recibir la aprobación de la nacionalidad, no se presenta ante el Encargado del RC se producirá la caducidad del procedimiento.


Otras cuestiones importantes de procedimiento


A.- La solicitud debe formalizarse en una plazo de 3 años a partir de la entrada en vigor de la normativa


B.- La DGRN tiene un plazo de 12 meses para resolver las solicitudes


C.- Las solicitudes que no tengan respuestas en este lapso de tiempo se considerarán desestimadas por silencio administrativo


D.- Se cobrará una tasa de 100 € a los solicitantes de la tramitación independiente de que sea aprobada o no. El Ministerio de Justicia determinará la forma de pago de esta tasa


E.- Finalmente señalar que la aplicación de la normativa comenzará en octubre de este año


DGRN*: Dirección General de los Registros y del Notariado

¿Qué opina Doble R?


Que falta una solicitud concreta para resolver el tema de una Ley Única de Nacionalidad para los Descendientes de Emigrantes Españoles (LUNDEE) que hemos estado solicitando.


Puede firmar la Petición realizada al Estado en este enlace http://goo.gl/RO3oDz



Y UD estimado lector:

¿Qué opina?. 

Déjenos su criterio…