Primera consulta. Error en Certificado de la DIE, Cuba
Doble R dice
Buenos días:
Escribo para solicitar información acerca de un documento solicitado como último requisito para la obtención de la ciudadanía española de acuerdo a la Ley 52/2007.
El documento solicitado consiste en la Certificación de ciudadanía y extranjería que emite el MININT en Cuba.
Este contiene un error en el nombre del ciudadano, pues se le incorporó una letra a su segundo nombre.
Según el oficial a cargo no puede ser corregido.
¿Cuál sería el proceder en ese caso?
Respuesta a Ilsen
Doble R dice
Hola Ilsen:
Tu pregunta es muy interesante porque he ayudado a mucha gente a subsanar errores en los Registros civiles cubanos pero nunca me pasó al responder a una consulta como la tuya.
Por esta razón he demorado en responder…
He tenido que consultar a mis colegas para obtener una respuesta más acertada, pero tampoco es muy convincente.
Porque no hay una solución para el asunto ya que es cierto que algunos clientes me han pedido hacer la subsanación de la DIE y recuerdo haber encargado a RPP en La Habana que lo hiciera y aunque se entrevistó con funcionarios del Minint y con tenientes y coroneles y la respuesta final es:
NO HAY MANERA DE QUE SE CORRIJAN LOS ERRORES EN LOS LIBROS DE ASIENTOS DE LA DIE (antiguo Ministerio de gobernación durante la República en Cuba).
Por tanto esta es la pura realidad…nunca más le hemos sugerido a ningún cliente que intente la subsanación de un asiento en el Registro de Extranjeros ni tampoco en el de Ciudadanía.
Pero volvamos a mi segundo párrafo: ¿qué ha dicho la colega consultada?…pues lo siguiente estimada Ilsen:
Estimado Pedro: «En esos registros no existe posibilidad de correcciones, yo he conocido muchísimos casos, incluso con errores más fuertes, y simplemente lo que tiene que, hacer es presentarlo tal y como se lo dan y el Consulado normalmente lo acepta, no le queda de otra»
Una posible herencia de su ascendiente español
Doble R dice
Buenas tardes, mi abuelo emigró de España hacia Cuba en la década del 20 de 1900, él nos contaba que fue hijo ilegítimo pero que su mamá dejó una herencia para su hermano y para él.
Hace alrededor de 15 años nos escribió un señor con la intención de comprar las tierras que tenía nuestro abuelo, pero mi mamá no estuvo interesada porque pensaba que se trataba de algún tipo de estafa.
Años después mi mamá fue a España e intentó contactar a sus primos y otros familiares de mi abuelo en Tijarafe, La Palma, pero no quisieron saber de su familia cubana, lo que llamó poderosamente nuestra atención.
Nos gustaría saber qué trámites debemos realizar para reclamar nuestra posible herencia, mis dos hermanas viven actualmente en Las Palmas de Gran Canarias, atentamente,
Ania M.R.
Gracias por tan maravillosa gestión en este grupo.
Muchos post escritos acerca de Herencias en este blog
Doble R dice
Los descendientes de emigrantes que tengan razones bien fundadas de posibles propiedades de sus padres-abuelos-bisabuelos en España tendrán que informarnos de los datos que poseen para valorar la factibilidad de la investigación pertinente.
Hemos tenido casos de descendientes de emigrantes hispanos que han recurrido a nosotros diciendo que tienen una posible propiedad en España y cuando le hemos pedido demostración mediante documentos nos han dicho que no poseían ninguna documentación.
Y así es imposible hacer valer el derecho del descendiente del emigrante e impensable dedicar tiempo y dinero a una tramitación sin estar seguro de que existe tal propiedad.
Como hemos dicho, los 5 pasos que debes considerar para que tu petición sea tomada en cuenta son:
1: Informarse adecuadamente y tener suficientes evidencias documentales (no orales) de las posibles propiedades
2: Obtención de certificado de Defunción y Certificado de últimas voluntades del abuelo emigrante (si existiera)
3: Si existe el Certificado de Últimas voluntades: Verificar si el abuelo testó antes de morir
4: Tramitación de declaración de herederos, si el abuelo no dejó testamento
5: Realizar inventario de bienes y deudas que componen la herencia, si existe en España y todos los descendientes se unen para solicitarla.
Si nuestra explicación no ha sido suficientemente clara, póngase al habla con un abogado especialista en temas hereditarios en su ciudad para que le explique los pasos iniciales que debe dar.
Si todo lo que UD nos diga se puede demostrar documentalmente, estaríamos dispuestos a representarle, siempre y cuando nos pongamos de acuerdo en cuanto a Términos y Condiciones del servicio (incluyendo nuestros honorarios).
Escríbanos a nuestro buzón de correo-e asesores@grupodober.com e intentaremos sacar tiempo para darle algunas otras indicaciones básicas del asunto.
Colaborador: consultas de asociaciones a descendientes en La Habana
Doble R dice
Saludos a todos.
Como les prometí ayer participé en unas de las reuniones que están realizando el grupo de abogados por diferentes sociedades españolas radicadas aquí en la Habana dirigidas a los descendientes que están optando por la Nacionalidad.
Se efectuó en la Sociedad Castellanas y Leonesa, calle Neptuno 519.
Comenzó a las 9 am donde hizo presencia la representante de la asociación, así cono Pedro González abogado y otra abogada acompañante. Los consultantes alrededor de 12 personas con diferentes problemas.
Yo hice el dos en la cola, cuando terminé me fui, no pude saber de los problemas de los demás.
Lo que sí puedo afirmar es que muy útil para los que tienen algún problema.
En los que entraron delante según los problemas descritos se vio un especial interés de resolverlo.
QUISIERA QUE HUBIERAN VISTO LAS BARBARIDADES QUE ESTÁN PIDIENDO EN ESTE CONSULADO CON RESPECTO A LAS VISAS DE ESTUDIANTES Y CERTIFICACIONES DE DOCUMENTOS QUE TIENEN QUE ESTAR FIRMADOS EN ESPAÑA Y NO AQUÍ.
Ellos se quedaron asombrados mirando para el techo de la instalación, sin faltar la irónica risa.
Después vendré con más pues quiero ir a otra por los problemas de dos hermanos míos con sus expedientes.
A los que necesitan saber.
La revisión de los expedientes va por noviembre del 2017. Vea también la imagen siguiente:
Estoy esperando que me envien un nuevo requerimiento que le solicitaron a mi hermano, que tengo la certeza que a nadie se lo han pedido
Para hacerlo público aquí.
Nada tiene que ver con la solicitud inicial de los documentos que reconoce la LMH.
El Exequatur y sus características
Doble R dice
Hola mi nombre es Agustin y vivo en Cuba tengo nacionalidad española desde 1995
Me casé con una cubana en el 1993 y cuando me obtuve la nacionalidad española inscribí dicho matrimonio en el consulado de la Habana
Años después me divorcié y ahora no sé qué trámites realizar para anular este matrimonio y poder inscribir el otro
Pues estoy casado desde el 2004 con otra persona, por favor, si me pueden orientar.
El Exequatur o reconocimiento de Sentencia de divorcio extranjera en España
Doble R dice
Hola Agustín:
El proceso se llama Exequatur, que es el reconocimiento por la legislación española de la disolución del matrimonio anterior luego de reconocer la Sentencia de Divorcio cubana ante un Juzgado en España.
Si deseas contactar con nosotros, te lo podemos llevar.
Debes imaginar que es un procedimiento complejo y algo caro.
Los documentos para un Exequatur (reconocimiento de la Sentencia de Divorcio cubana ante un Juzgado en España) que normalmente pedimos son estos:
Documentos necesarios para la concesión del Exequatur
a.- Sentencia original de divorcio debidamente legalizada en Minrex y Consulado español. Verificar que en este documento aparezca si el divorcio fue de mutuo acuerdo y si el texto de la Sentencia certifica que esta Sentencia es firme.
b.- Certificado literal de matrimonio debidamente legalizada en Minrex y Consulado español.-
c.- Poder para pleitos a nombre del Procurador y del abogado actuante (debidamente legalizada en Minrex y Consulado español)
d.- Fotocopia legalizada del DNI o del pasaporte del ciudadano español (en el consulado español de La Habana)
Para más detalles, ponte en contacto con el buzón: asesores@grupodobler.com
Edición del Sábado