30 mayo, Actualidad en España...!! 
Moción de censura en el Parlamento debido condena por corrupción del PP 
La Izquierda intentará desalojar del poder a la derecha y al gobierno de Rajoy. 
Estos no han hecho nada por resolver el atasco LMH, del Consulado español de La Habana
Ni rectificar las discriminaciones de la Ley Nietos

 

Comentarios relevantes Nº 1

Tengo un hijo de 15 años, cuando recibí mi nacionalidad española solicité inmediatamente la de él y tenía 13 años

Pero me la acaban de denegar, supongo que sea que cuando el nació la madre estaba casada con otro hombre

Nosotros nunca nos hemos casado, o sea vivimos en concubinato.

¿Qué debo hacer?

 

Respuestas a comentarios relevantes: A.G.

Hola Alberto:
Rectifico la respuesta que te di antes…

Porque ahora revisando veo que te han denegado la nacionalidad de tu hijo menor.
Para Recurrir la DENEGACIÓN debes contratar nuestros Servicios, así que si lo deseas asumir contáctanos URGENTE porque el plazo de reclamación, es de 30 días…

Puedes ponerte en contacto en privado y directamente a nuestro buzón
O llamarnos por teléfono en horario laboral de España

 

Comentarios relevantes Nº 2: Y.B

Mis saludos Pedro

LE COMENTO QUE MI FAMILIA PATERNA, LLEVA MÁS TIEMPO QUE NADIE PARA LA Ciudadanía española

Desde el 1996 y cada vez que viajan desde Santiago de Cuba hasta la Habana, le piden nuevos documentos

Yo necesito, tenga usted la gran amabilidad de leer este correo y por favor, responderme

Le comento que mi familiar, nacido en Málaga, provincia Málaga, España

No sabemos en qué fecha nació con exactitud

Pues le hablo de mi bisabuelo paterno, sin embargo, en la Fe de Bautismo de mi abuelo, quien es hijo de mi bisabuelo, aparece que fue llevado a bautizar por sus dos padres

Refiere que su padre nombrado José Barduena Fernández es natural de MÁLAGA, PROVINCIA MÁLAGA, ESPAÑA,

Realmente también tenemos los números y nombres dela embarcaciones y fechas en que mi bisabuelo viajó aquí a CUBA También el nombre del puerto de dónde zarpó de España , para acá

…que lo localizamos a través de una de las páginas de internet que tan noblemente ayudan con una parte de estos trámites.

Adicionalmente tenemos un escrito original de una parroquia de Málaga donde escribí

Y me respondieron muy gentilmente comunicándome que en la fecha que presumimos, que nació mi bisabuelo, no quedan registros es España

Fueron destruidos de la guerra Civil española, todos esos documentos se quemaron

Consecuencias colaterales de la Guerra Civil española

 

Entonces yo me pregunto, aportando fotos de mi abuelo y la documentación que le he mencionado

¿no puede proceder el otorgamiento de dicha ciudadanía?

Déjeme comentarle que mi familia comenzó estos trámites hace bastante tiempo atrás

Ya pasan de los 70 y hasta ahora no han lo grado obtener una ciudadanía que por derecho nos corresponde

Puesto que el apellido Barduena, es de origen espanol

Mi bisabuelo vino para Cuba en calidad de oficial del Ejército español y ostentó los grados de Brigadier.

Sin embargo, nos pìden certificación de nacimiento o de defunción, Yo comprendo que los documentos son importantes

pero ante esta situación quisiera saber si existe la posibilidad de que exista alguna excepción para casos como estos

Mi familia está siendo víctima de la quema de las Partidas de Bautismo durante la Guerra Civil ya dicha.

Usted debe entender los recorridos que hemos hecho en toda Cuba buscando la información que tenemos, pues le hablo de una persona que vivió hace bastante tiempo.

Le agardecería me ayude a encontrar la solución de este proceso.

Atentamente. Y….

Respuestas a comentarios relevantes: Y.B.

Estimada Sra. Barduena:
De este tema hemos ‘hablado’ muchas veces en esta bitácora…lástima que UD no las haya leído.

Pero le daré algunos artículos que hablan del asunto…

Falta del auxilio registral que se prometió en la ley
Destrucción durante la Guerra Civil de los archivos de los registros civiles, archivos diocesanos y por tanto imposibilidad de acceder a los mismos.
·        Negativa del RCC y de los RC Consulares a buscar partidas que datan de la primera mitad del siglo XX).

¿Qué hizo la DGRN y el Estado español ante estas eventualidades?
Pues nada!!.
Sencillamente el que no pudo encontrar los documentos solicitados por la Instrucción, tiene su Expediente de Solicitud durmiendo el sueño eterno del olvido en algún cajón del Consulado respectivo.

Si el Estado español y sus dirigentes estuvieran cercanos a los ciudadanos y especialmente a los problemas cotidianos de los emigrantes y sus descendientes en el exterior, seguramente se hubieran encontrado fórmulas para ayudar a esta gente que no ha podido encontrar papeles.

Esto es lo que podemos hacer nosotros, denunciar tal desatino

No podemos hacer nada más.

 

Comentarios relevantes

 

«La saga de artículos relacionados con el tema se agrupan bajo el titulo genérico de «La Odisea de los ‘beneficiarios’ de la DA 7ma. de la Ley de Memoria Histórica Ley Nietos. Primera de 8 partes»
El enlace para leerlo es el siguiente

Comentarios relevantes Nº 3: Y.T.

Hola, sabes por qué fecha van en la nacionalidad? Nosotros entregamos un requerimiento en julio de 2015.

Hola Yislen:
Según este seguidor  van revisando por agosto del 2015…ten en cuenta que esta no es una información oficial, si no, un comentario de un seguidor.
Nosotros no tenemos comunicación frecuente para este tema con el CE Habana.

CE Habana

Diáspora olvidada en Comentarios relevantes

 

Saludos, PeL

Comentarios relevantes Nº 4: M.M.G.

Saludos, estoy enterada del Plan Retorno 2020 desde que lo publico la Xunta de Galicia el pasado 13-Abr/2018.

La divulgación del Plan la inicio la Xunta en Europa pero no se si nos van a tener en cuenta a los otros países.

Soy Colombo-Española estoy casada y tengo 2 niños menores de edad; me gustaría aplicar al Plan pero aún no hay información detallada sobre el procedimiento para el mismo.

Tendrán Uds. alguna información adicional a la publicada que me sirva para aclarar mis dudas, y donde solicitar la inclusión de mi grupo familiar al mencionado Plan.

Gracias.

Respuestas a comentarios relevantes: M.M.G.

Hola María:
Aquí le pongo las condiciones de la Xunta para acceder a las ayudas a los Retornados (gallegos originales, descendientes y sus cónyuges)

Beneficiarios/as:

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las siguientes personas, que residiendo fuera de España, se establezcan en la Comunidad Autónoma gallega:
a) Las personas gallegas y nacidas en Galicia.
b) Los/as cónyuges o personas con unión análoga a la conyugal y los/as hijos/as de las personas gallegas y nacidas en Galicia.

Las personas beneficiarias deberán acreditar estar en posesión de la nacionalidad española antes del retorno y tener su residencia actual en Galicia.

En este post damos más información al respecto de la Estrategia del Plan 2020 Galicia

Hay que dar un compás de espera para que se cree la Oficina de Atención al Plan Retorna 2020 de Galicia.

 

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