"El más terrible de los sentimientos es el sentimiento de tener la esperanza perdida". 
Lorca

Un pequeño paso en tramitación de la LMD

El pasado 14 de octubre en la sesión, como primer paso en el Parlamento, se han rechazado las enmiendas a la totalidad el proyecto de Ley.

A continuación vienen las enmiendas que se harán por los distintos grupos políticos para intentar ponerse de acuerdo.

Seguidamente se elaborará un ponencia por la Comisión Constitucional.

Recordamos que este grupo de parlamentarios tiene las siguientes atribuciones:

  • Es la comisión parlamentaria encargada del estudio y debate de los asuntos con relevancia constitucional.
  • De estudiar los proyectos de Estatuto de Autonomía y sus reformas.

Actualmente se compone de 37 diputados y posee una comisión homónima en el Senado.

El presidente de la comisión es el socialista Patxi López y su vicepresidenta primera lo es Pilar Garrido, de Unidas Podemos

El ministro de la presidencia, Félix Bolaños ha prometido que el gobierno que él representa será flexible a las propuestas de modificaciones que se presenten por los grupos.

También ha puesto de relieve que es una obligación moral apoyar este texto porque está dentro de las obligaciones de esta cámara:

«Es una ley para el reencuentro, que servirá para afianzar las bases de una convivencia futura y en paz»,

Dentro de la LMD está la Disposición Adicional 8ª cuyo objetivo es reparar las carencias y discriminaciones de los descendientes de la diáspora hispana.

Como dijimos antes:

Es una ley eminentemente política en la que se introducido el tema de los derechos de la descendencia.

Debería estar separada de esta LMD porque el reconocimiento del derecho de sangre o IusSanguinisEsp,  es un reclamo de los que fueron discriminados en las ley 52/07 (también metida en una Ley eminentemente política).

Recordemos nuevamente…

¿A quiénes beneficia la DA 8ª de la LMD?

Dos nuevos supuestos para optar a la nacionalidad española. Tras recibir varias peticiones de colectivos de exiliados, el Gobierno ha decidido ampliar los criterios para conceder la nacionalidad española en aplicación de la ley de memoria. Así, el nuevo texto permitirá acceder a la nacionalidad española a los:

    • Hijos de españolas que se casaron con extranjeros durante la dictadura [#abuelasdiscriminLMH]

    • Para los hijos mayores de edad de aquellos que tuvieron esta posibilidad a raíz de la ley de Memoria Histórica de 2007. Esta vez se amplía la opción a los hijos que en ese momento eran mayores de edad. —en la norma de 2007 solo podían hacerlo los hijos menores —

¿A quiénes olvida?

  1. Los nietos de español/a nacionalizado/a en el país de acogida por cuestiones económicas antes del nacimiento de su hijo/a,

  2. Y los nietos de español/a que habiendo ostentando la nacionalidad la han perdido por no ratificar su deseo de conservarla al cumplir su mayoría de edad.

¿Qué supuestos de la propuesta de Sara Vilà deja fuera la LMD?

En la propuesta de Sara Vilà se abogaba por derogar estas dos discriminaciones:

  1. Se concederá la nacionalidad por esta vía a aquellos nietos de quien adquirió la nacionalidad del país de acogida por razones económicas.

  2. La recuperación de la nacionalidad española para los menores de edad que no ratificaron su deseo de continuar siendo españoles: de acuerdo a lo previsto en el Artículo 24.1 y 24.3 del Código Civil

 

Otros detalles del debate parlamentario del 14 de octubre

En el primer debate parlamentario se rechazaron por mayoría de votos:

  • Las enmiendas a la totalidad de devolución presentadas por los grupos Popular y Vox: 151 votos a favor, 196 en contra y ninguna abstención
  • Enmienda a la totalidad de texto alternativo del Grupo Republicano (Ezquerra Republicana de Cataluña), por 31 votos a favor, 308 en contra y 9 abstenciones.
  • A propuesta del Grupo Republicano, se ha sometido a votación la avocación a Pleno del proyecto, que ha sido aprobada por 333 votos a favor, 8 en contra y 1 abstención.

Avocación a Pleno

Acción de reasunción de la competencia legislativa por el Pleno en los supuestos de procedimiento legislativo especial de competencia legislativa plena en comisión.

Es decir, el texto continuará su tramitación en ponencia, luego en comisión y finalmente en pleno.

Este Proyecto de Ley de Memoria Democrática incluye en la Disposición Adicional Octava una regla para la adquisición de la nacionalidad española para nacidos fuera de España de padres o madres, abuelas o abuelos, exiliados por razones políticas, ideológicas o de creencia.

En esta disposición se incluye a los hijos nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros, antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978, así como a los hijos mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a lo dispuesto en el Proyecto de Ley de Memoria Democrática o en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre (Ley de Memoria Histórica).

Por otra parte, el Proyecto de Ley propone instaurar el 8 de mayo, fecha de la victoria europea sobre el fascismo y el nazismo, como día de recuerdo y homenaje a los hombres y mujeres que sufrieron el exilio como consecuencia de la guerra civil y la dictadura.

Tramitación final

Según esta fuente:
Concluido el debate de la totalidad, se abre el plazo de presentación de enmiendas de los grupos parlamentarios.

Finalizado dicho plazo, la Comisión Constitucional nombrará en su seno una Ponencia para que, a la vista del texto y de las enmiendas al articulado presentadas, redacte un informe.

Este texto, junto a las enmiendas que, en su caso, se incorporen tras su debate en comisión, conformará el dictamen que será elevado al Pleno del Congreso, para una votación final, antes de ser remitido al Senado.

 

Estas son las novedades de esta tramitación

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