Agotadas inscripciones Examen Nacionalidad española por Residencia en Barcelona

Situación en otras 15 ciudades españolas

 

Doble R, ha estado a la espera de la famosa instrucción para la aplicación de la Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, pero el gobierno no ha dicho nada tampoco este viernes 24. Este despropósito del Ejecutivo provoca incertidumbre entre los ciudadanos extranjeros que están a la espera de tales pautas para obtener cita para realizar el Examen Nacionalidad española por Residencia. Nos queda claro que esta falta de transparencia también afecta al funcionariado de los Registros Civiles y a los despachos de abogados que deben asesorar a las personas que se nos acercan

La intención del gobierno se ha vislumbrado desde hace tiempo con su intento de pasar este procedimiento a los Registradores de la Propiedad y Notarios aunque el hecho de que vaya a ser la DGRN (Dirección General de Registros y del Notariado) según reza la Disposición Adicional 7ma. de la Ley puede ser el causante de tanta demora y falta de transparencia.

Recordemos como veremos más adelante «…que el procedimiento tendrá carácter electrónico y su instrucción corresponderá a la Dirección General de los Registros y el Notariado. Todas las comunicaciones relativas a este procedimiento se efectuarán electrónicamente»

Por tanto es necesaria la Instrucción que se ha atascado

 

¿Qué ha pasado en Barcelona con inscripciones Examen Nacionalidad española por Residencia?

Sólo hay citas a partir de abril de 2016

 

examen nacionalidad española por Residencia

Pues ayer nos hemos puesto a la faena de encontrar citas para la realización del Test de CCSE (Conocimientos constitucionales y socioculturales de España) y para nuestra sorpresa las citas en esta provincia están agotadas como veremos seguidamente. Sólo hemos podido obtener citas a partir de abril de 2016. Los cupos anteriores a esta  fecha están agotados

Esto puede deberse a que las sedes de FEDELE disponibles en Barcelona son sólo 4 mientras en Madrid son 8, lo que facilita el número de plazas a ofertar. O se rectifica esta situación o los extranjeros residentes en la Provincia de Barcelona, tendrán más dificultades en obtener una plaza para los próximos meses

Veamos seguidamente lo que dice la plataforma del Instituto Cervantes acerca de los cupos para presentarse al examen

Disponibilidad de citas en Barcelona

 

examen nacionalidad española por Residencia

BARCELONA, con 4 centros para realizar el Test

Noviembre: El producto ofertado no tiene cupos disponibles. No es posible realizar el pago. Plazas agotadas

Enero 2016: El producto ofertado no tiene cupos disponibles. No es posible realizar el pago. Plazas agotadas

Febrero 2016: El producto ofertado no tiene cupos disponibles. No es posible realizar el pago. Plazas agotadas

Marzo 2016: El producto ofertado no tiene cupos disponibles. No es posible realizar el pago. Plazas agotadas

Abril 2016: Plazas disponibles hasta el momento de redactar este post

Disponibilidad de citas en otras ciudades españolas

  1. VALENCIA, Convocatoria Noviembre 2015. Aún quedan plazas disponibles
  2. TENERIFE, Convocatoria Noviembre 2015. Aún quedan plazas disponibles
  3. SEVILLA, Convocatoria Noviembre 2015. Aún quedan plazas disponibles
  4. SANTANDER, Convocatoria Noviembre 2015. Aún quedan plazas disponibles
  5. SAN SEBASTIÁN, Convocatoria Noviembre 2015. Aún quedan plazas disponibles
  6. PALMA DE MALLORCA, Convocatoria Noviembre 2015. Aún quedan plazas disponibles
  7. MADRID, Convocatoria Noviembre 2015. Aún quedan plazas disponibles
  8. LAS PALMAS, Convocatoria Noviembre 2015. Aún quedan plazas disponibles
  9. BILBAO, Convocatoria Noviembre 2015. Aún quedan plazas disponibles
  10. ALICANTE, Convocatoria Noviembre 2015. Aún quedan plazas disponibles

 

Falta de disponibilidad de citas en otras ciudades españolas

  1. ALMERÍA, No hay ningún centro que responda a los criterios de búsqueda seleccionados
  2. OVIEDO, No hay ningún centro que responda a los criterios de búsqueda seleccionados
  3. MURCIA, No hay ningún centro que responda a los criterios de búsqueda seleccionados
  4. TARRAGONA, No hay ningún centro que responda a los criterios de búsqueda seleccionados

 

Información de Doble R acerca de inscripciones Examen Nacionalidad española por Residencia y concesión de la Nacionalidad española por carta de naturaleza a los sefardíes originarios de España

 

Como hemos visto se ha producido en Barcelona una estampida en las solicitudes para los test o exámenes de CCSE exigidos para solicitar la nacionalidad española por Residencia y esto nos obliga a decirle que los interesados deben ponerse en contacto con este Despacho a fin de reservar lo más pronto posible una plaza en los cupos que oferta el Instituto Cervantes o gestionarlo personalmente de inmediato

Las solicitudes pueden dispararse también en otras ciudades donde el número de extranjeros es grande, como puede ser en Madrid, Valencia, Tenerife, Las Palmas, País Vasco, Islas Baleares, entre otras

También podemos gestionar las citas para aquellas personas que residen en España o en el exterior y desean acogerse al procedimiento establecido en la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España, que podrá bajar aquí

 

Si desea la gestión de Doble R,

póngase en contacto con nosotros de forma inmediata…

 

 

Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa

en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil.

 

Disposición final séptima. Procedimiento para la obtención de la nacionalidad española por residencia

1. El procedimiento para la concesión de la nacionalidad española por residencia se regirá por lo dispuesto en el Código Civil, por lo previsto en esta disposición y en el reglamento que la desarrolle. En este reglamento se incluirán las especialidades propias del procedimiento para el personal al servicio de las Fuerzas Armadas.

2. La tramitación del procedimiento tendrá carácter electrónico y su instrucción corresponderá a la Dirección General de los Registros y el Notariado. Todas las comunicaciones relativas a este procedimiento se efectuarán electrónicamente.

3. El cumplimiento de los requisitos exigidos por el Código Civil para la obtención de la nacionalidad española por residencia deberá acreditarse mediante los documentos y demás pruebas previstas en la ley y reglamentariamente.

La acreditación del suficiente grado de integración en la sociedad española requerirá la superación de dos pruebas.

La primera prueba acreditará un conocimiento básico de la lengua española, nivel A2 o superior, del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas del Consejo de Europa, mediante la superación de un examen para la obtención de un diploma español como lengua extranjera DELE de nivel A2 o superior. Los solicitantes nacionales de países o territorios en que el español sea el idioma oficial estarán exentos de esta prueba.

En la segunda prueba se valorará el conocimiento de la Constitución española y de la realidad social y cultural españolas.

Dichas pruebas serán diseñadas y administradas por el Instituto Cervantes en las condiciones que se establezcan reglamentariamente.

Estarán exentos de la superación de las pruebas mencionadas los menores de dieciocho años y las personas con capacidad modificada judicialmente.

4. El procedimiento al que se refiere este artículo estará sujeto al pago de una tasa de 100 euros. Constituye el hecho imponible de la tasa la solicitud de iniciación del procedimiento para obtener la nacionalidad española por residencia y estará sujeto a ella el interesado, sin perjuicio de que pueda actuar por representación y con independencia del resultado del procedimiento. La gestión de la tasa corresponderá al Ministerio de Justicia, que regulará cómo ha de efectuarse el pago de la misma.

Disposición final octava. Habilitación reglamentaria.

1. Mediante Real Decreto, a propuesta del Ministro de Justicia, se aprobará el reglamento por el que se regule el procedimiento electrónico para la obtención de la nacionalidad española por residencia.

2. Se habilita al Ministro de Justicia para dictar las disposiciones que sean necesarias para la ejecución de lo establecido en esta Ley.

 

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Edición Extraordinaria