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La nueva Ley Integral de los Registros facilitará los trámites a los españoles residentes en el exterior e introducirá nuevas causas de pérdida de la nacionalidad

Ahora veamos esta noticia aparecida en el periódico España Exterior sobre el mismo tema del llamado proyecto de Ley Integral de los Registros…

«Según el borrador hecho público por el Ministerio de Justicia podrán obtenerse certificaciones y realizar inscripciones en las oficinas consulares en tiempo real. En el preámbulo del borrador de anteproyecto de Ley de Reforma Integral de los Registros que ha elaborado el Ministerio de Justicia se indica que se señala que con su entrada en vigor “las Oficinas Consulares se interconectarán dentro del sistema registral en pie de igualdad con las Oficinas de Registro Civil”.
Esto “mejorará la prestación del servicio público exterior a los españoles residentes en el extranjero puesto que en ellas podrán realizarse las inscripciones y podrán obtenerse en tiempo real certificaciones del Registro Civil en el caso que fueran requeridas para trámites en el país de residencia. Se eliminan de esa manera los gravosos duplicados que en la actualidad  es obligado remitir al Registro Civil Central”.«Este tipo de medidas aligerarán los trámites en los registros civiles consulares y, sobre todo, serán de gran ayuda para los españoles que residen en el extranjero».
Más adelante continúa diciendo el reporte de España Exterior:«Los sefardíes podrán obtener la nacionalidad por carta de naturaleza. En los cambios que introducirá la Ley de Reforma Integral de los Registros en al Ley del Registro Civil se incluye la Disposición Adicional 9ª que abre un plazo de dos años, prorrogables a tres para que todos los serfardíes que lo deseen puedan obtener la nacionalidad española por carta de naturaleza y sin tener que renunciar a la nacionalidad que ostentes en ese momento.En concreto el borrador indica que “se entiende que concurren en los ciudadanos extranjeros sefardíes que prueben dicha condición y una especial vinculación con España, aun cuando no tengan residencia legal en nuestro país, las circunstancias excepcionales que exige el artículo 21.1 del Código civil para adquirir la nacionalidad española por carta de naturaleza”
Se señala también que los requisitos y el procedimiento a seguir en estos casos se determinarán mediante Real Decreto, aprobado por el Consejo de Ministros.»

Lo que dice Doble R:

Del primer asunto nos ocupamos en un post anterior y ahora comentaremos nuestros puntos de vista sobre el asunto del aligeramiento de las tramitaciones de partidas y otros documentos de los consulados españoles
en el exterior. Aplaudimos esta decisión pues si algo tienen los españoles en el exterior es la falta de relación con estas oficinas, a no ser que seas amigo o pariente de un funcionario consular. Nada de trato personalizado, eso está desterrado a no ser que cumplas con la condición de amigo o recomendado. Todo a través del correo-e o el teléfono, si tienes la grandísima suerte de que alguien te atienda.
Esta medida que propone Gallardón es muy positiva para atender a la Generación Recuperada que reside fuera y al resto de españoles que salen a buscar empleo en otros países, especialmente en Latinoamérica, ahora mismo.
Sin alardear de pesimismo está por ver que se atienda con celeridad tales tramitaciones…porque es una verdad como un templo que el servicio de solicitudes de documentos online en el RCC adolece de falta
rapidez y en muchas ocasiones pasa más de un mes para que las recibamos, tomando siempre en consideración que no deberían presentarse documentos en soporte de papel cuando esto podría ser mediante la verificación online en la plataforma de las Administraciones Públicas del Estado. A esto hay que añadir, que normalmente una partida española tiene una vigencia de 3 o a lo sumo de 6 meses, por lo que las dificultades para la gente de a pie, sigue siendo permanente.
Sería oportuno decir, que recibimos constantes quejas a nuestro blog y a nuestros buzones de correo-e, sobre la inexistente atención personalizada de los consulados a nuestros compatriotas en el exterior.
Ayer mismo recibimos las quejas de una española residente en Bélgica y que nos narra su situación de desprotección por parte del Consulado español «…siempre que llamo no puedo hablar con nadie porque supuestamente el teléfono está ocupado o nadie me responde».
La Nacionalidad de los sefardíes está sobre la mesa hace rato…pero aún no se ha elaborado la normativa al respecto. En su momento comentamos favorablemente el hecho que se reconozca el atropello que sufrió esta generación hace más de 5 siglos. Ya deberíamos tener la reglamentación.
Por último nos sorprende la falta de un gesto hacia las decenas y cientos de miles de expedientes de nacionalidad por LMH que aún están pendientes en los consulados.

 Aquí sí el gobierno anterior podría dar lecciones al gobierno actual. 

Continuamos pidiendo que alguien diga algo sobre el tema porque parece ser que se ha olvidado totalmente este procedimiento.
Las noticias que nos llegan desde Caracas, La Habana, México y otros países latinoamericanos son cada día más preocupantes. Es una confabulación para dejar en el olvido estas tramitaciones pendientes de resolución. Alguien comentaba hace poco cómo su Expediente, completado desde hace más de dos años y medio, ahora ha sido «revisado» y han encontrado un documento que ya no es suficiente prueba…todo hace
pensar de que hay una indicación secreta y solapada para la burocracia consular para poner pegas indefinidamente.
Un aspirante a la Nacionalidad, hombre serio y suficientemente preparado, nos dice desde un lugar del mundo que no puedo revelar:

«Me huele que están buscando cualquier excusa para alargar y desanimar a la gente, hasta que los solicitantes desistan, se mueran o no puedan conseguir papeles».
Más adelante me matiza:»Definitivamente esto es una cabronada que no tiene por qué ser. Está tomada de una novela de Kafka, en la que el acusado nunca puede averiguar de qué se le acusa y los proceso, presidio, acoso y líos se complican y multiplican a cada nivel burocrático. La única diferencia es que, a diferencia de la «burrocracia» kafkiana que victimiza debido a su propia incompetencia, aquí sí puede haber una razón vil (la de poner trabas para no conceder lo que la ley permite)».

Nada más elocuente: Vivir para ver!!