Versión oficial del Consulado español de la Habana
Preguntas frecuentes
LO QUE DICE EL CONSULADO EN SU PÁGINA WEB.
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE NACIONALIDAD
Resumiendo las reglas y LOS EUFEMISMOS del Consulado
El 27 de Diciembre de 2011 terminaba el plazo para la presentación de solicitudes por Ley Nietos
No se pueden admitir solicitudes para la Ley Nietos, porque ha caducado
Van resolviendo las solicitudes por estricto orden de presentación
Para conocer el estado del Expediente podrá solicitar información a través del teléfono 8 68 68 68 y el correo electrónico [email protected]
Para solicitar turno para la opción de nacionalidad española de un menor no hay que esperar a tener el pasaporte español ni que el progenitor haya concluido el trámite de nacionalidad
Los turnos deberán solicitarse con la mayor antelación posible para evitar que los menores que arriben a los 20 años pierdan su derecho a optar
Para no perder la nacionalidad española, si la obtuvo siendo menor, deberán presentar una solicitud de conservación de la nacionalidad
Si la solicitud ha sido denegada podrá presentar un recurso a través del propio consulado dirigido a la DGRN (Dirección General de Registros y del Notariado, del Ministerio de Justicia de España)
Preguntas y respuestas del propio Consulado español . Sabemos que algunas de estas reglas ellos las cumplen poco, pero esta es la posición oficial.
Estos son los llamados ‘eufemismos’
1. La Disposición Adicional 7ª de la Ley de Memoria Histórica ( conocida como Ley de Nietos ) sigue en vigor?
No, la propia Ley estipulaba que el 27 de Diciembre de 2011 terminaba el plazo para la presentación de solicitudes
2. No pude acudir a mi cita de Ley de Memoria Histórica pero deseo presentar mi solicitud, ¿es posible?
No. De acuerdo con la propia Ley no se pueden admitir solicitudes presentadas después del 27 de diciembre de 2011
3. He presentado la solicitud en tiempo y forma y no he obtenido respuesta sobre la misma ¿ qué debo hacer?
El Consulado General va resolviendo las solicitudes por estricto orden de presentación. Tenga en cuenta que si en su solicitud se han producido requerimientos esto puede demorar aún más el trámite. En todo caso, para conocer el estado del Expediente podrá solicitar información a través del teléfono 8 68 68 68, el correo electrónico [email protected] consignando en el asunto del correo “Consulta”, mediante la presentación de un escrito en el Registro General del Consulado o por vía postal
4. Me han concedido la nacionalidad española y quiero obtener el pasaporte, ¿ qué debo hacer?
Deberá solicitar una cita previa en el correo [email protected] consignando en el asunto del correo “Turno de pasaporte”
5. Mi expediente de nacionalidad está en trámite pero mi hijo cumple 20 años próximamente, ¿ qué debo hacer?
El Código Civil establece que los menores que estén o hayan estado bajo la patria potestad de un español podrán optar a la nacionalidad española. Es por ello que en el momento de la firma del Acta de presentación por parte del progenitor el hijo deberá ser menor de 18 años. En consecuencia, para solicitar turno para la opción de nacionalidad española de un menor no hay que esperar a tener el pasaporte español ni que el progenitor haya concluido el trámite de nacionalidad. Los turnos deberán solicitarse con la mayor antelación posible para evitar que los menores que arriben a los 20 años pierdan su derecho a optar.
6. He obtenido la nacionalidad española siendo menor de edad, ¿ qué debo hacer para no perder la nacionalidad española?
De acuerdo con el Código Civil español ( art. 24.3 ) deberán presentar una solicitud de conservación de la nacionalidad. Dicha solicitud debe hacerse antes de cumplir los 21 años de edad. Para ello deberá solicitar turno a través del correo [email protected] consignando en el asunto del correo “ Conservación de la nacionalidad “
7. Mi solicitud de nacionalidad ha sido denegada, ¿cómo puedo reclamar esta decisión?
Usted puede presentar un recurso en el plazo de 30 días contados a partir de la notificación, dirigido a la Dirección General de los Registros y del Notariado. Puede interponer el recurso mediante la presentación de un escrito en el Registro General del Consulado
Eufemismo
Según la RAE: 1. m. Manifestación suave o decorosa de ideas cuya recta y franca expresión sería dura o malsonante
Según la Wikipedia que suele ser más cercana a la realidad, el Eufemismo: «Se produce cuando se pretende usar palabras inofensivas o expresiones para desorientar, evadir, o evitar hacernos conscientes de una realidad cruda y desagradable»
Tanto como si no es cierto lo que dice el Consulado o tampoco lo fueran las breves acotaciones que hacemos nosotros: pueden dejarnos sus comentarios. Hasta ahora así lo hace un número cada vez más creciente de nuestros seguidores. Súmese a nuestro grupo de Facebook ! Déjenos su parecer, si tiene ánimo para ello...!! Edición Viernes
Jorge Echemendia
Mi esposa solicito en el ano 2010 y presento todos los documentos como nieta por linea paterna de ciudadanos espanoles. En noviembre 2014 le hacen solicitud de un dato de su madre fallecida hacia anos y que no tenia relevancia alguna para su solicitud por lo que creemos fue una manera de aplazar su ciudadania. Como hemos visto ya en otros casos que se solicitan subsanaciones irrelevantes. No alarguen mas las cosas.
Pedro Says :
Hola Jorge:
Estamos de acuerdo contigo porque el proceso se ha alargado más de lo debido. Por ello quisiéramos la lectura de tu mensaje por alguien del consulado. Como han dicho muchos seguidores, es muy probable que muchos funcionarios lean este blog y acaben sensibilizándose con estas peticiones.
Nosotros revisamos alrededor de 2-3 expedientes de nacionalidad a la semana, fundamentalmente de cubanos, y en más del 60 % de los casos encontramos carencias y errores en la conformación del Expediente.
Por esta razón hace unas semanas publicamos una entrada acerca de los aspectos esenciales para el completamiento. Se titula «Ley Nietos:¿Mi expediente nacionalidad está completo?«
Es decir, no pueden los interesados confiarse, si no buscar información y conocer de qué va el tema de la Nacionalidad incluyendo los requisitos a tener en cuenta.
Un saludo y al ánimo,
PeL
Eve
Hola, yo tengo una duda mi mama es ciudadana, nieta de español, cuando ella presento sus papales yo era menor de edad pero debido a varias subsanaciones que ella tuvo que hacer el proceso se le demoró bastante tiempo, en resumen cuando su ciudadanía llegó ya yo habia cumplido los 20 años y nunca nadie le informó adecuadamente que aunque ella estaba en trámites aún ella podia ir gestionando el turno de su hija, varias veces llamó y escribió para informarse y solo decian: «Espere, su caso está en trámites» Mi pregunta es, cómo podría resolverse esa situación? Habría alguna forma de que ella presentando toda su documentación pudiera recuperar lo que perdió por desinformación?
Pedro Says :
Hola Eve:
Si nos remitimos a lo dicho por el propio consulado, observaremos lo siguiente:
«Mi expediente de nacionalidad está en trámite pero mi hijo cumple 20 años próximamente, ¿ qué debo hacer?
El Código Civil establece que los menores que estén o hayan estado bajo la patria potestad de un español podrán optar a la nacionalidad española. Es por ello que en el momento de la firma del Acta de presentación por parte del progenitor el hijo deberá ser menor de 18 años. En consecuencia, para solicitar turno para la opción de nacionalidad española de un menor no hay que esperar a tener el pasaporte español ni que el progenitor haya concluido el trámite de nacionalidad. Los turnos deberán solicitarse con la mayor antelación posible para evitar que los menores que arriben a los 20 años pierdan su derecho a optar.»
Si tu mamá firmó el Anexo I o similar optando a la nacionalidad española (Acta de presentación, según términos del consulado) cuando aún eras menor: en principio tendrías derecho hasta los 20 años.
Si ya tienes los 20 años cumplidos o te has casado por la Ley cubana, pues no es posible…
Fíjate lo dicho en otra entrada acerca del tema:
«El propio protocolo del Consulado dice textualmente:»En el caso de que se trate de menores que estén a punto de cumplir los 20 años es obligatorio adjuntar la copia escaneada del carné de identidad del menor, así como la fecha que arriba a dicha edad el interesado, con el fin de poder conceder dicha cita y no perder el derecho de opción.»
Es lamentable tu caso, pero recuerda aquella famosa frase encontrada ahora en la Wikipedia:
Un saludo,
PeL
Luis
Hola
Mi padre es ciudadano español de origen, al momento de recibir su ciudadanía, yo, su primogénito estaba a punto de cumplir 20 años el 2 de septiembre. Hice mi solicitud de ciudadanía por la via de correo correspondiente en fecha 18 de agosto, se me solicitó en respuesta documentación que fue enviada, no más. Personalmente mi padre preguntó por el estado de mi solicitud en la cede habanera y se le comunicó que ya estaba pasado en edad. Hoy tengo 23 años, dos hermanos menores ya ciudadanos españoles, uno de ellos ya recide en Canarias junto a mi padre y al parecer el primogénito de sus hijos no será español. Me aconceja que hacer o canales para presentar mi queja? Un saludo, Luis.
Pedro Says :
Hola Luis:
Si ya tenías 18 años cuando tu Señor padre accedió a la nacionalidad: No tendrías derecho
Otra cuestión fuera que en el momento que tu padre firmó el documento de opción aún tú no hubieras cumplido la mayoría de edad que para España es 18 años. Correcto?
Lee estos artículos en nuestro blog:
Derechos hijos menores [http://bit.ly/2kZaAL2]
Derechos hijos menores [http://bit.ly/2mjpSud]
Si de la lectura de estos artículos y lo que dicho aquí se deduce que tenías derecho y no se te respetó: ponte en contacto con este Despacho en privado a [[email protected]] y ya estudiaremos el asunto.
Un saludo,
Pedro
Vladimir Aguirre
Hola estimado Sr.
Me llamo Vladimir Aguirre soy nieto de abuelo español por la parte paterna, el nacido en a Pontenova, Lugo, viajo como emigrado a cuba en el año 1925, sin nunca renunciar a su nacionalidad española fallecido ya y que antes de morir fundo una familia de 7 hijos y varios nietos.
mi pregunta es:
¿Puedo yo nieto con 52 años y mis hijos menores optar por la ciudadanía española? de ser posible: ¿que tramites debo seguir en su consulado?
Pedro Says :
Hola Vladimir:
En Preguntas Frecuentes a nuestro Grupo, la Nº 2.4 dice textualmente: ¿Hay alguna oportunidad de presentar la solicitud de opción a la nacionalidad española (si cumplo los requisitos) por Ley de Nietos en estos momentos? (Clike en el enlace) dice en su preámbulo:
Un saludo,
PeL
Joel fernando fernández coello
Buenas noches
Tengo el mismo problema que varios cubanos, con el tema de la ley 56 de nietos, comencé mis tramites en Septiembre del 2011, al igual que varios de mis hermanos paternos, pero la suerte no me acompañó, ellos si tienen la ciudadanía española, yo me mantengo en el engorroso proceso y me solicitaron unos requerimientos en el 2013 y los entregué en la sede consular de Santiago de Cuba en el 2014, pero no me ha llegado, es una verdadera lástima pues voy envejeciendo, soy técnico e ingeniero metalúrgico, y pensé poder aportar mis conocimientos.
Para cuando lleguen ya casi estaré de pensionado.
Gracias por brindar la posibilidad de escribirles
Saludos para todos
Ing. Joel Fernando Fernández Coello
Pedro Says :
Hola Joel:
Es muy cierto lo dicho por UD.
Coincido con su punto de vista y desde este blog criticamos muy a menudo la desidia del gobierno español hacia los 50 mil expedientes sin resolver aún en la Habana, luego de 7 años de espera para UD.
Un saludo y al ánimo,
PeL
Carlos
Ya me llegaron las inscripciones de nacimiento españolas, cuanto puede demorar el turno para mi pasaporte puesto que no lo he solicitado. saludos
Pedro Says :
Hola Carlos:
Tanto las citas como la confección del pasaporte está demorando varios meses…Entre a la Web del Consulado y pida la cita.
Nosotros podemos prestarle el servicio pero tendremos que poner a alguno de nuestros colegas a prestarle el servicio y tendría que pagarlo.
Ya UD dirá.
Un saludo, PeL
Violeta
Hola mi mamá es ciudadana española por nieto yo soy su hija mayor de edad podemos cuando se apruebe la ley nueva para los bisnietos realizar los tramites para la ciudadania española
como puedo solicitar su certificado de nacimiento una vez que se hizo ciudadana española en el consulado de España porque la solicito por la via de la cita pero no aparece
Ella es fallecida ya murio a los 90 que puedo hacer para que me den otro documento como el que emitieron cuando se hizo ciudadana española?
Pedro Says :
Hola Violeta:
Términos y condiciones para búsqueda de partidas de nacimiento en España
[Esta es una respuesta genérica]
Gracias por confiar en el Despacho de Doble R, Barcelona referente mundial de la Ley de nietos y la Generación Recuperada (Nuevos españoles por LMH)
El servicio por el que te interesas es un servicio de pago. Las búsquedas de partidas de emigrantes españoles conlleva trabajo especializado.
¿Cómo lo hacemos?
Evaluamos el grado de dificultad de la búsqueda en dependencia de los datos que aporta el cliente. De aquí se determinan los honorarios
Proponemos una Hoja de Encargo Profesional o contrato con los términos y condiciones del servicio que debe ser firmado por ambas partes, previo al inicio del servicio
Se cobra el 60% del importe total como provisión de fondos para pagar las gestiones de nuestros agentes.
Si se encuentra la partida se cobra la segunda parte y el coste del envío al domicilio del cliente
En situaciones normales tiene un coste a partir de 150.00 €. Pero a estas alturas esto no es lo común. Por tanto si la búsqueda es muy compleja y hay que contactar a todos los registros civiles de una provincia por ejemplo cobramos entre 5 y 10 € por cada registro civil que deba contactar nuestro genealogista, el Sr. Paco. Entonces nuestros honorarios se elevan mucho más y el tiempo de realización de las pesquisas se incrementa.
Tenga en cuenta que las búsquedas de las partidas o certificaciones de nacimiento requieren de información de los emigrantes españoles en sus países de acogida: son hijos-nietos-bisnietos interesados en la obtención de las ventajas de la Nacionalidad española los que deben aplicarse en encontrar los datos de sus ascendientes.
Al mismo tiempo es imprescindible que los interesados busquen documentos de la familia (comenzando por el interesado y sus hermanos) hacia atrás, es decir de lo conocido a lo desconocido, partidas del RC o de bautismo de los padres (hijos del emigrante español), Certificados de matrimonio canónicos (en las iglesias) o civiles de los padres, Certificados de Matrimonio canónico o civiles del abuelo emigrante o cualquier otro documento legal (poderes notariales, adquisición de propiedades, Actos de última voluntad, etc, etc) del emigrante en el país de acogida para que nos den las pistas necesarias para encontrar su certificado de nacimiento en España.
Sugerimos además estudiar un poco de geografía española para que sepan cuántas Islas Canarias existen, cuáles son las provincias con que cuenta España, cuántos Registros civiles hay en cada provincia, cuántas parroquias hay en cada una y otros conocimientos elementales.
Si UD quiere obtener la nacionalidad española deberá ante todo tener un conocimiento básico del país de sus ancestros. En fin debe estudiar España para Retornar a las Raíces, tal y como se llama nuestro Grupo de trabajo.
Conocer su familia, de dónde proceden sus abuelos e investigar en en ella si aún no lo ha hecho, es el primer reto que tiene ante sí.
En fin que búsquedas a ciegas (sin lugar exacto y fecha muy aproximada del nacimiento del emigrante) no las hacemos, aunque nos paguen.
Si estás dispuesto a contratarnos, danos los datos de tu abuelo:
Lugar exacto y Fecha aproximada de nacimiento,
Nombre de los padres
Y cualquier otro dato relevante como pueden ser: Documentos del emigrante, del país de acogida escaneados y de los hijos del emigrante español tales como: (certificado de defunción, de matrimonio del emigrante, etc) o los certificados de nacimiento de los hijos del emigrante español.
Además, si fuera el caso que deseas contar con nuestros servicios necesitamos tus datos personales y de contacto, para elaborar el proyecto de contrato, que incluiría el los honorarios evaluados en función de los datos aportados por ti
Slds, PeL
Maria Daysi Soto Guillen
Buenas tardes,comence mis tramites en el 2011 ,al igual que mis hermanos ,ellos si tienen la ciudadania española,pero a mi no me ha llegado. Mis saludos . En espera de una respuesta.
Pedro Says :
Estimada María Daysi:
Nosotros estamos a miles de kms del Consulado y además somos muy críticos con su gestión porque es desastrosa, realmente.
Sobre el particular de conocer el estado de los expedientes que se tramitan desde el 2009 al 2011, le podemos derivar a este enlace de nuestro blog para que siga los pasos indicados por el Consulado español de La Habana para hacer una consulta a través de correo electrónico (publicado en julio del 2018)
La respuesta textual que obtuvimos es la siguiente:
Siguiendo este procedimiento puede averturarse a realizar la consulta correspondiente…
Un saludo afectuoso, PeL
Orlando V allin Diaz
Buenas tardes ,quirro saber sobre mi expediente ,siendo este 120411-507437,ya que nunca he recibido ni correo ,ni telegrama .muchas gracia .En espera de una respuesta.
Pedro Says :
Estimado Orlando:
Le damos la misma respuesta que a María Daysi, porque es el mismo asunto e incluso nos escriben desde el mismo buzón de correo-e
Nosotros estamos a miles de kms del Consulado y además somos muy críticos con su gestión porque es desastrosa, realmente.
Sobre el particular de conocer el estado de los expedientes que se tramitan desde el 2009 al 2011, le podemos derivar a este enlace de nuestro blog para que siga los pasos indicados por el Consulado español de La Habana para hacer una consulta a través de correo electrónico (publicado en julio del 2018)
La respuesta textual que obtuvimos es la siguiente:
Siguiendo este procedimiento puede averturarse a realizar la consulta correspondiente…
Un saludo afectuoso, PeL
PedroEmilio Perez Vega
Hola.
Soy un desentiende de español exactamente nieto. El asunto es que mi abuelo murió acá en Cuba con los deseos de visitar a la tierra que lo vio nacer y no pudo realizar su sueño. sus documentos se perdieron y no supo que hacer, mi mamá nos cuenta que llegó a Cuba en un barco procedente de España llamado Alfonso XII, que el nacido 1902 en la provincia de león, en un lugar que suena como Rodanillo, el nombre de mi abuelo es Emilio Vega Martínez el del padre Pedro Vega Caballero y la madre Micaela Martínez Gabriel.me dicen que mi mamá y yo podemos hacernos ciudadanos españoles, de él, mi abuelo no nos queda ningún documento.¿Que tengo que hacer,Por favor necesito información.
Pedro Says :
Hola Pedro Emilio:
La información que necesitas es la siguiente…
Así que luego de reunir los datos suficientes de fecha-lugar de nacimiento-nombre de los padres, busque en la Web la dirección del Registro civil y escriba solicitando una copia de la Partida de Nacimiento. Este es el algoritmo, estimado tocayo…
Y recuerde este trabajo nadie lo va a hacer por UD, a no ser que tenga mucho dinero y pueda pagar a un genealogista para que le haga la búsqueda, que no creo que sea su caso.
Saludos y suerte, PeL
Pedro Emilio
hola.
Gracias por responderme y aclararme las dudas que por cierto son muchas con relación a este tema. Es cierto que hemos demorado demasiado en buscar nuestras raíces pero la facilidad de la comunicacion no nos era asequible ni asequible, ahora tengo una idea y mucho trabajo por hacer, al menos sabemos los nombres de mis bisabuelo y mi abuelo españoles y el lugar de nacimiento así como la fecha de nacimiento?Que me queda…Hu.
Saludo Tocayo