Documentación para solicitar la Repatriación de ciudadanos cubanos en el exterior Generación Recuperada
Con el objetivo de informar a la Generación Recuperada, los ‘nuevos’ españoles por Ley Nietos
También a otras personas pensando en retornar a la Isla…
Estamos publicando el volante informativo que ha creado el Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba para la tramitación consular del Retorno o Repatriación de ciudadanos cubanos emigrantes.
Como podrá observarse de su lectura, la Repatriación o Retorno no será tan sencillo como se imaginó en el momento en que salió la Reforma Migratoria a finales de año 2012.
Ante todo puede observarse que el gobierno cubano se abroga el derecho de NO permitir la repatriación o Retorno de los ciudadanos cubanos que sean declarados Emigrantes definitivos.
Es decir, es como pedir una Visa, que puede ser denegada o no, para entrar al país.
Por otro lado, observamos algo que ya hemos comentado reiteradamente: hay un componente económico muy relevante en el proceso. A grosso modo y sin entrar en detalles la sola solicitud del Retorno puede costar alrededor de 500 € a cualquier ciudadano cubano.
Es significativo el hecho de que por rellenar el Formulario de Solicitud de Entrada te cobren 25.00 € y que además, como Cuba no ha firmado el Convenio
de La Haya para documentos públicos, conocido como la Apostilla de La Haya, se cobren los ya conocidos 110.00 € que son habituales en los Consulados cubanos en España, para dar ligitimidad a los documentos que se requieren para solicitar la Repatriación o el Retorno.
De momento significan 245.00 € en este procedimiento en España.
Esperamos que esta información sea de vuestro interés.
Agregamos un par de pinceladas adicionales sobre el Convenio de La Haya
y los países firmantes. Generación Recuperada
¿Qué es la Apostilla de la Haya?
Lo hemos comentado en esta bitácora
Consiste en aplicar sobre el original del documento un sello que certifica su autenticidad entre los países firmantes del Convenio de La Haya.
De esta manera no es necesario realizar la legalización vía diplomática de documentos a presentar en otro país.
Cada país designa su propio organismo emisor del apostillado.
La apostilla de La Haya (o simplemente apostilla, también en francés: apostille, «nota» o «anotación») es un método simplificado de legalización de documentos a efectos de verificar su autenticidad en el ámbito internacional. Físicamente consiste en una hoja que se agrega (adherida al reverso o en una página adicional) a los documentos que la autoridad competente estampa sobre una copia del documento público. Fue introducido como método alternativo a la legalización por un Convenio de La Haya (también conocida como Convención de la Haya, o Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado) de fecha 5 de octubre de 1961.
Documentos Expedidos en Países que han suscrito el Convenio de la Haya, de 5 de octubre de 1961.
Miembros de la Convención de La Haya
Actualmente existen 103 miembros de la Convención de la Apostilla:
Albania, Alemania, Argentina, Australia, Austria, Bielorrusia, Bélgica, Bosnia-Herzegovina, Bulgaria, China, (solo Hong Kong y Macao),
Chipre, Costa Rica, Colombia, Corea del Sur, Croacia, Dinamarca, Ecuador,
Eslovaquia, Eslovenia, España, Estados Unidos, Estonia, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Hungría, Islandia, India, Irlanda, Israel,
Italia, Japón, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Mauricio, México, Mónaco, Montenegro, Nicaragua, Noruega, Nueva Zelanda,
Países Bajos, Panamá, Perú, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, República Dominicana, República de Macedonia,
Rumania, Rusia,
Serbia, Sudáfrica, Surinam, Suecia, Suiza, Turquía, Ucrania, Uruguay, Venezuela.
Países no miembros de la Organización de la Haya y que son parte de la Convención
Andorra, Antigua y Barbuda, Armenia, Azerbaiyán, Bahamas, Barbados, Belice, Botsuana, Brunéi, Cabo Verde, Canadá, Dominica,
El Salvador, Fiyi, Granada, Honduras, Kazajistán, Kirguistán, Lesoto, Liberia,
Liechtenstein, Malaui, Islas Cook, Islas Marshall, Moldavia, Mongolia, Namibia, Niue, Omán, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía,
San Vicente y las Granadinas, Samoa, San Marino, Santo Tomé y Príncipe, Seychelles, Suazilandia, Tonga,Trinidad y Tobago, .Vanuatu
PAISES NO PARTICIPANTES:
ARABIA SAUDITA, HAITI MALASIA, ARGELIA, INDONESIA, MARRUECOS, BOLIVIA, IRAK, NAMBIA, BRASIL, IRAN,
NICARAGUA, BULGARIA, JAMAICA, NIGERIA, CANADA, JORDANIA, PARAGUAY, CHILE, KENIA, PERU, COREA DEL SUR,
KUWAIT, REPUBLICA DOMINICANA, COSTA RICA, LIBANO, SIRIA, CUBA, LIBIA, URUGUAY Y VATICANO.
sara Says :
18:41// Chat en vivo Zopim
Mi madre desea regresar a Cuba . Ella tiene 67 anos de edad y es residente de los estados unidos . solo lleva cuatro anos viviendo en Miami.
Pedro Says :
Hola Sara:
Para este tema póngase en contacto directamente y en privado a nuestro buzón ([email protected])
Un saludo, Pedro
Rosa
Es una información la que publicáis muy valiosa, ya que resulta bastante difícil encontrar nada respecto a este tema. Muchas gracias. Por lo que leo, aquel que solicite la repatriación a Cuba sin intención de cambiar su residencia en España, debe estar «pidiendo permiso al Gobierno Cubano cada 2 años para salir de Cuba; eso de un poco de miedo, por otro lado si no me equivoco, aquel que compre cualquier propiedad en Cuba una vez acogido a ese derecho podría perderla si por cualquier motivo pasan más de dos años sin que viaje a Cuba. Asimismo también me preocupa el hecho de perder algún derecho de los adquiridos como nacionalizado español. De nuevo gracias.
Pedro Says :
Estimada Rosa:
Lleva UD mucha razón, sin embargo las noticias que tenemos de nuestros abogados y colaboradores en la Isla apuntan a un número importante de peticiones ahora mismo lo que está ralentizando el procedimiento.
Lea más en este enlace
Slds,
PeL
Leidys
Hola xfavor alguien q me ayúdenme xfiii!!!
Verás yo ya solicite la repatriacion vivo en España casada con español pero x mi salud tenemos q volver a cuba
Mi pregunta es puedo transcribir nacimiento de mi hija, de mi matrimonio y solicitar mi esposo residencia permanente… Por aki en españa yernos y esperar en cuba a q nos llegue? Ya nos llega a cuba o tendríamos q volver a España? Graciasgracias
Pedro Says :
Hola Leidys:
Gracias por preferirnos…
Para responder a sus preguntas necesitamos mucho más que los tres renglones que UD escribió.
Como UD debe saber esta primera consulta es gratuita…por tanto puede llamarnos en horario de oficina y trataremos de dar respuesta a sus variadas interrogantes.
Un saludo desde Barcelona,
PeL
Armando perez
Hola quisiera saber los trámites de repartición para Cuba de Suiza gracias.
Pedro Says :
Hola Armando:
La entrada donde hiciste esta consulta data del año 2013, sin embargo hay dos entradas más cercanas donde se aborda de una manera más práctica el tema por el cual te interesas: ‘La Repatriación de cubanos emigrantes’
Son estas dos entradas:
Generación Recuperada y Repatriación de cubanos I
Generación Recuperada y Repatriación de cubanos II
En la ‘conversación’ con nuestra abogada colaboradora, ella nos dice:
«Re.- Con la ley migratoria anterior, la repatriación era excepcional, ahora pueden hacerlo todos los cubanos, de cualesquier edad y posición laboral, se trata sólo de obtener nuevamente la condición de residente en Cuba de los que tenían el carácter de Emigrados, bien porque hubiesen salido voluntariamente en ese carácter, o aquellos que salieron del país con un Permiso de Viaje al exterior, o cumpliendo alguna misión estatal, y no hubieran regresado en el término que le ley establecía.»
Vete a las entradas e infórmate…
Un saludo,
PeL
raul
yo vivo hace 28 anos en miami ,soy cubano,y me hice ciudadano americano,yo quiero pedir la repatriacion a cuba pero tengo algunas inquietudes sobre esto, y quisierqa saber si me dieran la repatriacion ,perderia mi ciudadania americana y mi jubilacion, tambien si tengo que vivir en cuba y no puedo salir del pais , gracias ,espero que me aclare,
Pedro Says :
Hola Raúl:
En el curso de la próxima semana te responderemos directamente a tu buzón de correo-e
Correcto…?
Un saludo,
PeL