Y en el caso de los Matrimonios para qué hablar, la historia del siglo.

Edificio de la Lonja, sede del Negociado de Matrimonios en La Habana.
 (Cortesía de Doble R).
Esta fue la expresión usada por TB desde La Habana para describir la situación con la inscripción de los Matrimonios entre cubanos y españoles o dobles nacionales, es decir, los integrantes de la Generación Recuperada.
Un funcionario del RCC, que ha preferido mantener el anonimato, dijo ayer a uno de nuestros asesores en Madrid que el CE de La Habana «es consciente de que la Negativa de Matrimonio que está exigiendo a las personas que desean inscribir la unión con un español NO ES EFECTIVA PARA TODO EL TERRITORIO NACIONAL pues nosotros no podemos en 10 días consultar a todos los registros civiles para detectar que está registrada dicha unión. Nosotros certificamos que no está registrado en nuestras dependencias, es decir, en el Registro Civil Central».
Si es así qué prueba mejor que la presentación de la Negativa del RC donde está residiendo el ciudadano español y la Fé de Estado y Vida, como se había venido haciendo hasta el año 2012?. Cómo es posible que usen este procedimiento tan rebuscado cuando se sabe que para contraer matrimonio en España para ciudadanos nacidos en otro país, el RC respectivo exige un Certificado del Matrimonio anterior con Nota Marginal de Divorcio, legalizado en el Minrex y en el CE de La Habana?.
Es decir, persiguiendo a los fraudulentos, que son la minoría, se perjudica a la mayoría que tiene el pleno derecho: Justos por pecadores. 

Otras aristas del tema de la inscripción del Matrimonio en La Habana.

Muy bien, suponiendo que este documento del RCC sea importante, por qué no lo habían incluido en la Guía que publicaban en su página Web o que enviaron  hasta marzo como documento adjunto a la asignación de la Cita?.
Pero hay más…
Se miente deliberadamente o se oculta información: una de dos, que al final es lo mismo.
Por qué decimos lo anterior?.
Por qué en la Guía no se consignan todos los documentos que se deben presentar el día de la Cita inicial para revisión?.
Cuáles son los documentos que han ´olvidado’ el Negociado y el RC consular?.
Primero:
La Negativa del RCC sobre el No Matrimonio en España solicitado en el RCC a que hemos hecho referencia más arriba (se declaró en la Web el día 1 de abril del presente año) como verán en el link.
Segundo:
El Acta de Manifestaciones ante Notario en España del cónyuge doble nacional español-cubano. 
Esta omisión afecta ante todo a los dobles nacionales, es decir, a los nuevos españoles por LMH porque entonces habría que tramitar el documento de marras en Madrid que en total puede demorar entre 4-6 semanas además del Acta de Manifestaciones ante Notario.
El Acta de Manifestaciones no aparece tampoco, como documento a aportar, en la nueva Guía.
Pero hay más. 
Para explicarme mejor recurriré a un ejemplo concreto sin mencionar identidades. En noviembre solicitamos Cita para presentación de la documentación. Como ya tenemos experiencia de los métodos del Negociado apercibimos al doble nacional para que elaborara y presentara el Acta de Manifestaciones ante Notario (donde debe jurar que está casado/a con este/a cubano/a y que no ha contraído matrimonio con otra persona estando en España).
 La primera cita la otorgaron para inicios de marzo. 
Cuando el cónyuge cubano se presentó a su cita, le solicitaron la Negativa del RCC (no fue suficiente la Fé de Estado y Vida el RC de su localidad de residencia y la Negativa de No Matrimonio del propio RC).
Inmediatamente solicitamos la segunda Cita mientras se producía la tramitación ante el RCC. La segunda  cita la otorgaron para finales de mayo que vendría siendo el cuarto o quinto mes de acopiados y enviados a Cuba los documentos requeridos: al límite de la caducidad documental.
Lo más insólito…
Cuando se presentaron a la segunda cita  aceptan la Negativa del RCC gestionada por nosotros… 
pero refinan aún más el cotejo de todos los documentos y ‘encuentran’ detalles insospechados como supuesta contradicción entre el nombre del pueblo plasmado en la Partida de Nacimiento y el que aparece en la Certificación de Matrimonio cubana.
Si ya estos documentos habían sido presentados y revisados, cómo van a detectar ahora que existe un detalle en el nombre del pueblo en el Certificado de Matrimonio?.

Lo más triste es que cuando este documento salga ya los otros estarán vencidos, el cuento de nunca acabar.
En la nueva versión de la Guía se añade otra nueva exigencia: «Si uno de los dos cónyuges estuviera fuera de Cuba, en la primera cita para la revisión (o en el supuesto de una segunda cita igualmente para revisión) podrá acudir sólo el contrayente que en esos momentos esté en la isla. En consecuencia, toda la tramitación previa a la Audiencia Reservada puede realizarla el cónyuge que resida en Cuba en solitario. En todo caso, será necesario justificar documentalmente la ausencia del otro contrayente.». 
Como si la situación laboral y de crisis de España pudiera permitir a los dobles nacionales viajar cuando deseen.
Hay, a nuestro juicio, una indicación oculta y maligna de hacer gastar una fortuna a los aspirantes a inscribir el Matrimonio y sobretodo lograr que desistan en su intento. Esta es la pura y dura realidad actual de la inscripción del Matrimonio en el Consulado: por un lado perjudican a aquellos que tienen el derecho establecido por la legislación española y por otra parte tampoco asumen la Denegación porque no lo admiten a trámite inhibiendo así los posibles Recursos por la vía contencioso-administrativa que puedan interponer algunos de los afectados.
Es una estrategia al menos oscura y poco ética. Así pensamos nosotros.
Nuestra propuesta: Seguir el ejemplo del RC Único de Madrid…
Para que esta situación se revierta en la Sección de Matrimonios del Registro Civil del CE de La Habana, amén de que hemos declarado sin lugar a dudas que estamos en contra del uso de estos procedimientos para inscribir Matrimonios de conveniencia o fraudulentos, proponemos usar los buenos oficios que aplica el Registro Civil Único de Madrid de la calle Pradillo, 66. 
Estas Oficinas para otorgar la Cita para la solicitud de la Nacionalidad a los cónyuges-hijos/as de los nuevos españoles, aplica el procedimiento de Revisión de los documentos del Expediente y si están todos ok, otorga la fecha de la Cita…pero ya estos documentos NO CADUCAN, así evitan pérdida de tiempo y dinero a la gente.
Proponemos a la Sección de Matrimonio que aplique esta iniciativa. 
Y además que sellen los documentos que se presentan en la Cita inicial para denotar que son correctos y que NO CADUCAN.
O es que prefieren no aceptar a trámite la diligencia para no verse comprometidos a darle curso al Expediente, violando así el derecho del ciudadano español ?.
Si la legislación española dota a los funcionarios de herramientas para detectar y denegar la inscripción de matrimonios fraudulentos como se dice en la Guía mencionada:»La Audiencia Reservada por parte del funcionario español en funciones (Art.246 R.R.C.) a ambos cónyuges, trámite previo a la autorización del matrimonio», por qué han acudido a estos procedimientos de dilación injustificada y ocultación de toda la información?.
Si estamos equivocados que alguien nos rectifique, por favor.
Por otra parte seguiremos recibiendo y publicando las quejas que continuamente nos llegan sobre este proceder incorrecto y poco ético del Negociado de Matrimonios del CE de La Habana.
Deseamos recibir nuevos testimonios de los justos, es decir, los que tienen el derecho y se les conculca, por culpa de los ‘pecadores’.