Casos y cosas de casa. Ley de nietos

Denegación de nacionalidad infundada

Resumen del artículo:

  • En definitiva: se ha conseguido crear una inseguridad Jurídica espantosa en la descendencia española en el extranjero
  • Breves comentarios finales sobre la Ley Nietos… el principal problema es que se hizo una chapuza, por prisa y poca decisión estatal. Debió hacerse una Ley de Nacionalidad
  • Puede probarse la nacionalidad originaria del abuelo a  través de 3 vías, que exponemos
  • Supuestos argumentos que enumeramos llevan al consulado y luego a la  DGRN a afirmar que el abuelo no era originariamente español
  • ¿Contra quién vamos?. Pues contra la Resolución de la DGRN que negó la inscripción de la nacionalidad a una persona a la que asesoramos
  • Con la experiencia obtenida en casos parecidos que ahora mismo tiene abierto este Despacho, prestamos servicios de asesoramiento y representación
  • Exigir legalmente que se dictamine la resolución del expediente de que se trate o recurrir una Denegación por la vía civil

 

 

 

Casos y cosas de casa:

Con esta nueva sección queremos llamar la atención acerca de los dislates,  tropelías, aciertos y acciones relevantes del entorno, la Hispania nuestra de cada día

Comenzaré por comentar un despropósito, que como otros comentados antes, aún está por resolver

Estamos poniendo en claro esta denegación y la comentaremos en lenguaje lo más llano que podamos

Es muy importante que llegue al mayor número posible de personas

Este blog siempre fue concebido para el mayor espectro por aquello que ha dicho Galeano

«El lenguaje hermético no siempre es el precio inevitable de la profundidad. Puede esconder simplemente, en algunos casos, una incapacidad de comunicación elevada a la categoría de virtud intelectual. Sospecho que el aburrimiento sirve así, a menudo, para bendecir el orden establecido: confirma que conocimiento es privilegio de élites»

 

Ahora me preguntarás y que es hermético, porque con lenguaje no tendrás duda, ¿no es cierto?

Pues hermético significa: «Impenetrable, incomprensible o cerrado»

¿Y dislate?. «Error, disparate, hecho o dicho sin sentido común«

 

Casos y cosas de Casa

 

Casos y cosas de casa

Una Denegación incomprensible

 

¿Contra quién vamos?

Pues contra la Resolución de la DGRN que negó la inscripción de la nacionalidad a una persona a la que asesoramos

Y como la única vía que deja la legislación española es la vía civil pues hemos demandado además al Registro Civil Central por negarse a tal acción

El afectado es un nieto de emigrante español que no le ha sido reconocida su condición por razones que expondremos seguidamente

Circunstancias del caso denegado:

  • Nieto o nieta de español, cuyo abuelo nació en una provincia gallega

  • El abuelo optó a una nacionalidad latinoamericana en la década del 70 del siglo pasado, cuando el hijo era ya mayor de edad

  • Por tanto el nieto/a nació de un español por la Ley de Nietos, su padre era hijo de español de origen nacido en España

  • El supuesto problema del abuelo español es que su padre era nacido en un país vecino a España

  • La madre del abuelo emigrante era también hijo de una española y gallega por más señas, que casó con extranjero pero residía en suelo español

Estos argumentos llevan al consulado y luego a la  DGRN a afirmar que el abuelo no era originariamente español

Algo muy discutible y con lo cual no coincidimos para nada

 

Casos y cosas de casa

Conclusiones parciales

 

Casos y cosas de Casa

Emigrante español al partir- Imagen original tomada de Benatae.es. Editada por Doble R

 

Es un error de ambos órganos porque se ha acreditado documentalmente que este abuelo emigrante era Español de Origen

Los nietos, por tanto, podían acogerse a la Disposición Adicional 7ma de la ley 52/2007

Puede probarse la nacionalidad originaria del abuelo a  través de 3 vías

  • A través de la vecindad Civil del padre del abuelo (Don Xxxxxx) que a pesar ser natural de XXXXX residía legalmente en este pueblo y además no consta que tuviere la otra nacionalidad
  • A través de la vía materna dado que la madre del abuelo a pesar de haber podido perder la nacionalidad por matrimonio, nació y se casó en España. Y en la fecha del nacimiento del abuelo, ella residía y continuó residiendo en España
  • Si las razones anteriores no fueran suficientes podría resumirse que Don Xxxxxx, nació en un pueblo gallego, fue inscrito en el Registro Civil de dicho pueblo por su padre, se casó en el propio lugar y nunca se registró como ciudadano del otro país ostentando durante toda su vida la condición de ciudadano español de origen.

 

Por estas razones resumidas y expuestas en lenguaje llano, consideramos que se ha cometido un grave error y demandamos su anulación ante un Juzgado

 

Casos y cosas de casa

Breves comentarios finales sobre la Ley Nietos

 

Creemos que el principal problema es que se hizo una chapuza, por prisa y poca decisión estatal, porque debió hacerse una Ley de Nacionalidad

Hoy todavía no se ha hecho: “somos el único país de Europa que carece de ella”

Continuamos de parche en parche del Código Civil

Si continúa la derecha en el gobierno pasarán muchos años para que esto se resuelva

Así mismo el otro problema técnico y de aplicación muy grave fue la falta de un Reglamento para desarrollar la Ley.

Sólo se elaboró una Instrucción que es tan vaga como limitativa. Dicha instrucción se ‘comió’ el espíritu de  la Ley

Hay que decir que los procesos migratorios de ciudadanos Españoles son, también, anteriores a la guerra Civil

Los derechos de los que emigraron de España y sus familias no pueden ser acotados en períodos temporales concretos

Recuérdese la injusticia cometida con la línea materna de los emigrantes españoles

Este desatino monumental se conoce mundialmente como la Discriminación de las abuelas españolas emigradas”.

Además dicho proceso se encontró con varios inconvenientes técnicos  dado que no se modifican con carácter retroactivo los Códigos Civiles anteriores

Al no haber reglamento la interpretación de la ley  chocaba de pleno con artículos del Código Civil que no se habían modificado

Lo cierto es que la interpretación fue siempre en contra del administrado. Este caso es un ejemplo palpable

Y el desparpajo continúa aún en las oficinas de algunos consulados, especialmente en el de La Habana

En muchos casos se han tomado decisiones totalmente diferentes en casos similares

En definitiva: se ha conseguido crear una inseguridad Jurídica espantosa en la descendencia española en el extranjero

 

¿Te han quedado claro las cuestiones fundamentales de la promulgación y posterior aplicación de la Ley de Nietos?
Si al menos tienes un poco más de información, aunque no llegues a dominarlo…estaríamos satisfechos

Ante la desidia y falta de atención de la Administración española en dotar a la sede consular habanera de los medios materiales y humanos para resolver los expedientes

Existen miles de expedientes sin solución desde hace más de 6 años

Tomando en cuenta la experiencia obtenida en casos parecidos que ahora mismo tiene abierto este Despacho

Proponemos a los afectados/as por esta situación para que se pongan al habla con nosotros

En su nombre y representación (y contrato entre las partes) exigiremos una solución en un plazo perentorio

Si en el plazo señalado no hubiéramos tenido respuesta positiva de resolución acudir ante la DGRN o un Juez en Madrid para presentar el caso

Exigir legalmente que se dictamine la resolución del expediente de que se trate.

Ahora te toca a ti dar tus puntos de vista decirnos algo
Venga !,  más abajo está tu espacio para opinar:

Adelante…!!

 

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