«Si tu intención es describir la verdad, hazlo con sencillez:
 y la elegancia, déjasela al sastre» 
-Albert Einstein

Denegación de nacionalidad sin motivaciones claras

al alcance del ‘común de los mortales’…

Desde Tampa, me escriben:
Hola Pedro, finalmente contestaron de la embajada, la carta adjunta me llama la atención. Por favor dime que crees que se debe hacer. Gracias por tu ayuda!!!

O.T.

Respuesta a O.T.

Este Auto que me adjuntas fue emitido el 15 de julio de 2021 y enviado el 13 de abril de 2022: vaya, que es una maravilla !!

Casi un año después.

Tampoco explica la motivación de la denegación del caso y por tanto rememora los autos emitidos por la tristemente célebre cónsul Marta de Blas dirigidos a los nietos cubanos de emigrantes españoles.

Nuestra opinión es que hay una estrategia del estado español de denegaciones masivas para expedientes pendientes, que ahora ratifica el Sr. Juan A. Merino Cubillo, cónsul del RC en La Habana.

Paréntesis acerca de la necesidad de la motivación en cualquier Auto:

Consultas a Doble R

 

El consulado no ha esperado la subsanación que se le solicitó a la optante.

Hay dos posibilidades de actuación

Primera Opción

a.- Revisar la documentación aportada al Expediente de la señora y redactar-presentar un Recurso Potestativo de Reposición en nombre y representación de la actora.

Las pegas de esta opción serían
* Que el Recurso va a la propia DGSJFP que generalmente ratifica lo que han indicado a los cónsules que hagan.
* Que demora entre uno y dos años para que resuelvan.
* Que no responden a las consultas que hacen los implicados a través de este buzón de correo-e ESTADO CIVIL: [[email protected]] o a través del Teléfono del Ministerio Justicia, Atención al ciudadano: 902 007 214 y 918 37 22 95
* El Consulado de La Habana, al parecer no tiene a nadie que atienda su buzón de correo-e, porque se demora una eternidad en enviarle la notificación de la Resolución de la Dir. Gral. al afectado.

Segunda Opción

b.- Presentar una demanda por la vía civil CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA en un Juzgado de Madrid, luego de estudiar la documentación que obra en el Expediente presentado al Consulado y seguir el procedimiento de la demanda.

Consultas y respuestas a clientes o seguidores

Buenos días, tengo en mi correo el seguimiento de los expedientes de mis dos hijo, 38*** A.M.P.S. y 38*** de A.P.S., los cuales asistieron conmigo a recoger requerimiento en fecha 16 de febrero de 2021, entregándose los mismos en término.
El primero ya se encuentra aprobado con fecha 10 de enero de 20**, y el 38**, A., aún se mantiene su estado en trámite, para nuevo requerimiento según la página de consulta de este Consulado, no entiendo el contenido del correo que acabo de recibir, refiriéndose al segundo de mis hijos, dónde será programada una nueva cita, si son dos hermanos que iniciaron juntos y siempre han estado entregando los documentos que le solicitan que por demás, siempre han sido los mismos.
Por favor, si está a su alcance esclarecer tal situación, se lo agradecería infinitamente.

Quedando de usted
Atentamente
J.M.P.M.

Respuesta

Buenas tardes J.:
Gracias por confiar en nuestro Equipo…
La consulta que nos hace no está a nuestro alcance aclarar porque estas son facultades de los funcionarios del Consulado.
Por nuestra propia experiencia y los testimonios que recibimos muy a menudo de los cubanos la sede consular no está prestando un buen servicio a los cubano-españoles ni a sus familiares.
Tampoco responden con inmediatez a las consultas acerca del estado de los expedientes en proceso.

Por tal motivo le sugerimos que este tipo de consulta la realice a través de la cuenta de Twitter del consulado entrando a esta dirección: https://twitter.com/ConsEspLaHabana

Es la única vía que hemos visto que responden en un tiempo aceptable.

Un saludo cordial y suerte,
Grupo Doble R-Barcelona

 Respuesta favorable del Consulado

Emocionado, pero con ganas de transmitirles mi más profundo agradecimiento por su gestión, gracias a la cual acabo de recibir la agradable noticia de la aprobación del expediente de mi hijo menor como ciudadano Español, gracias una vez más y eternamente agradecido por su gestión

Me adjuntan una captura de pantalla o pantallazo con el nombre del hijo, Tipo de Expediente Ley 36/2002 Menores, que dice:
Estado del expediente: APROBADO (pendiente de inscripción) y la fecha de emisión.

Sobre el último post

¿Apátridas emigrantes a Cuba por Tratado de París?

Muy bien explicado!

A ver si la incongruencia entre leyes se aclara, y si la inconstitucionalidad se declara, para que los «apátridas involuntarios» sean finalmente reconocidos como españoles que sufrieron violación de sus derechos!

 

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