Reseña de información importante.

Cambios en normativa Visados Espacio Schengen

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Acabo de conocer la noticia acerca de los cambios de los países integrantes del Espacio Schengen en el otorgamiento de visados

Para los no habituados al término diremos que este espacio está formado por 26 países europeos que han abolido los controles fronterizos en las fronteras comunes

¿Cuáles son los países que forma este espacio?

Pues aquí tienen el mapa de los 26, según la Wikipedia y estos son los 26.

  1. Alemania,Espacio Schengen
  2. Austria,
  3. Bélgica,
  4. Dinamarca,
  5. Eslovaquia,
  6. Eslovenia,
  7. España,
  8. Estonia,
  9. Finlandia,
  10. Francia,
  11. Grecia,
  12. Holanda,
  13. Hungría,
  14. Islandia,
  15. Italia,
  16. Letonia,
  17. Liechtenstein,
  18. Lituania,
  19. Luxemburgo,
  20. Malta,
  21. Noruega,
  22. Polonia,
  23. Portugal,
  24. República Checa,
  25. Suecia  
  26. Suiza.

 

 

Según la noticia que hemos leído, la nueva normativa que adjuntamos a este artículo se pone en marcha a partir del día 3 de febrero

El primer lunes de febrero, en menos de un mes.

Como hemos dicho antes el Acuerdo se firmó el 14 de junio de 1985

El Acuerdo de Schengen, es un acuerdo por el que varios países de Europa han suprimido los controles en las fronteras interiores (entre esos países)

Han trasladado estos controles a las fronteras exteriores (con países terceros).

Cuando UD entra a este espacio cruza una sola vez la frontera y luego puede desplazarse por el resto de países sin necesidad de visado

Con la salida del Reino Unido (el llamado Brexit) la UE aplica una política de apertura en cuanto a los visitantes extranjeros

¿Cuáles son las medidas de flexibilización?

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La fuente original que estamos reseñando dice al respecto…

Las nuevas normas producirán varios cambios en los procedimientos de solicitud de visados y mejorarán las ventajas que conlleva un visado.

Los principales cambios previstos en el Código revisado son los siguientes:

    • Tasas de los visados más altas.
    • Ampliación de los periodos para enviar la solicitud.
    • Formularios de solicitudes electrónicos en la mayoría de los países.
    • Autoridades representativas de cada país miembro del espacio Schengen deben de estar presentes en cada país de terceros en términos de la admisión de visados a partir del 2 de febrero.
    • Los viajeros frecuentes que cuenten con un historial de visados positivos se beneficiarán de visados con una validez mayor.

El nuevo Código introduce también un mecanismo que establece si las tasas del visado deberían de cambiar o permanecer igual cada tres años. También se introducirá otro mecanismo que usará la tramitación del visado a modo de influencia, en un intento para mejorar la cooperación de terceros países a la hora de las readmisiones.

Las Tasas de visados se incrementan

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Los solicitantes que antes pagaban 60 € por solicitud, ahora tendrán que pagar 80 €, mientras que los que pagaban 35 €, pagarán 40 €. Esto incluye a los niños y otras categorías que contaban con el beneficio de pagar tasas más bajas.

Los niños de 0 a 6 años siguen exentos del pago de tasas para el visado.

El nuevo código introduce también un mecanismo que establece si las tasas del visado deben de cambiar o seguir igual cada tres años. Algunos de los países que cooperen con la UE en términos de la readmisión de inmigrantes ilegales también pueden beneficiarse de unas tasas reducidas en sus visados.

 

Consideraciones iniciales del Reglamento de la UE para los visados

Reseñando el Reglamento adjunto

La consideración Nº 5 del reglamento señala…

El procedimiento de solicitud debe ser lo más sencillo posible para los solicitantes.

Debe quedar claro qué Estado miembro es competente para examinar la solicitud, en particular cuando el solicitante pretende viajar a varios Estados miembros.

Cuando sea posible, los Estados miembros deben permitir que el impreso de solicitud se cumplimente y se remita electrónicamente.

Los solicitantes también deben tener la posibilidad de firmar el impreso de solicitud por vía electrónica, siempre que la firma electrónica esté reconocida por el Estado miembro competente.

Deben fijarse plazos para las distintas etapas del procedimiento, en particular a fin de que los viajeros puedan organizarse con antelación

…y evitar los períodos de mayor demanda en los consulados.

Otro aspecto relevante del Reglamento acota…

Los nacionales de terceros países sujetos a la obligación de visado deben poder presentar su solicitud en su lugar de residencia Aun cuando el Estado miembro competente no disponga de consulado para la recepción de las solicitudes ni esté representado por otro Estado miembro, en ese tercer país

Otras ventajas: modificaciones al Reglamento de visado del Espacio Schengen

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Otra ventaja que aporta el nuevo Código a los solicitantes de visados es que amplía el periodo dentro del cual se puede realizar la solicitud, de tres a seis meses antes del viaje.

Los navegantes que desempeñan sus deberes podrán, a partir de febrero, enviar una solicitud hasta nueve meses antes de su llegada a cualquiera de los puertos del espacio Schengen.

Sigue siendo obligatorio el seguro de viaje para los solicitantes de visados, a pesar de haber intentado hacerlo optativo. De hecho, el nuevo Código destaca la importancia de tener un seguro de viaje Schengen cuando solicite un visado.

El nuevo Código obliga a todos los Estados miembros a estar presente en todos los terceros países, a través de su embajada/consulado, otros Estados miembros o subcontratar la admisión con un visado Schengen a un proveedor de servicios externo.

Los viajeros que visitan el espacio Schengen con frecuencia, […] que han utilizado legalmente sus visados anteriores

Que tienen una situación económica buena en el país de origen y una intención genuina de salir del territorio de los Estados miembros antes de que caduque el visado que habían solicitado:

Contarán con la ventaja de obtener un visado de entradas múltiples válido por hasta cinco años

El nuevo código Visados Schengen

Para los interesados en tener las modificaciones del Código de visados,  aquí lo podrán bajar

REGLAMENTO (UE) 2019/1155 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 20 de junio de 2019 por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 810/2009 por el que se establece un Código comunitario sobre visados

REGLAMENTO UE 2019.1155 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

 

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