«Cada vez hablamos menos y cuando lo hacemos no es para ponernos de acuerdo, sino para distanciarnos».
Lolo de Santoña, según Revilla (https://bit.ly/3ifJFV6)

Doble R dice: comentarios en nuestro blog

César, el 30/10/2020:

HOLA, tengo una duda ¿qué pasa con los españoles que se afectaron con el Tratado de Paris de 1898 al terminar la guerra y No ratificaron su condición de español, aunque tampoco se naturalizaron?

Doble R responde

Hola César:

Imaginamos (digo imaginamos por la incertidumbre creada sobre el tema de nacionalidad) que se resuelva tal y como dice el proyecto de Ley presentado en el Senado para resolver muchas de las discriminaciones de la LMH.

Porque la nueva normativa debe resolver los 4 grandes problemas o discriminaciones de la anterior Ley Nietos

Y que dice:

1.- Las discriminaciones de los descendientes de las mujeres españolas emigradas antes de 1950, las abuelas discriminadas

2.- La división de las familias en las que los mayores de edad de los beneficiarios de la LMH quedaran fuera de la normativa

3.- Los nietos de emigrante español varón que debió renunciar a la nacionalidad española a favor de la del país de acogida

4.- La recuperación de la nacionalidad española para aquellas personas que, siendo españoles de origen, no la han ratificado al cumplir su mayoría de edad

 

Creo que el punto Nº 3 incluye a los casos de los supuestos apátridas originados por el Tratado de París

Un saludo, PeL

Doble R dice y otro Pedro comenta

Mis saludos tocayo, me alegra que repitas una y muchas veces más lo que opine de este consulado de España en la Habana. Es una pura verdad que hemos vivido durante todo este tiempo y que algún día alguien lo reconocerá. Son muchos los sufrimientos de todos los que nos han puesto requerimientos de que muchos nada tiene que ver con la verdadera LMH. Millones han sido las interpretaciones sobre ella y que han repercutido en nuestros descendientes. Ahora una nueva trompeta suena en el senado de España anunciando un nuevo ruido sobre este tema de memoria democrática. Democrática porque quiere favorecer a los exiliados de España afectados por el exilio ( Pura política) No es democrática al fin y al cabo si defiende a todos los que de una forma u otra se fueron por otras razones.

¿No son españoles iguales que los anteriores?
Hay que seguir los acontecimientos porque parece que el viento sopla a favor de esta Ley democrática y no a la que está en el Senado como proposición. De todas formas, favorecerá a muchos. Lo que puedo decir es que se quedaran muchos descendientes sin poderse nacionalizar y continuaran los baches en la constitución española sobre el tema de la descendencia.
Quisiera aprovechar este espacio para comunicarle a todos los que han presentado requerimientos que la fecha de revisión va por enero del 2017

Doble R dice y otro Pedro continúa diciendo

 

Saludos. Voy a aprovechar en este momento para decirles algo a los que necesitan conocer sobre los requerimientos, No lo hice en mi comentario anterior porque había dejado en la casa las fechas de mi aventura. Ahora lo puedo hacer.
Para que tengan una idea de este fenómeno que parece no mejorar.
Para juan y muchos más.
Mira el ultimo requerimiento que me hicieron lo entregue en enero del 2016. Pasado un tiempo, comenzaron con las consultas por internet.
Mi primera consulta la realicé aproximadamente en el mes de abril de 2019, la segunda el 14/08/2019, la tercera 25/12/2019, la cuarta el 27/04/2020, la próxima la hice el 20/06/2020, antes de los 120 días. Este día fue cuando me dieron el tomo y el folio para poder sacar el pasaporte. La fecha para este será el 5 de enero 2021.
Les puedo además decirle que desde la primera vez que me consulte me dijeron que estaba aprobado.
Así que por ahí andan las cosas, después que lo aprueben saquen las cuentas. Creo que esta información les servirá a muchos.
Mis cordiales saludos a todos mis colegas y que andan en esta aventura

Doble R dice: Manuel el 6/12/2020

Hoy acabo de recibir en el Consulado español en La Habana, el 3er. documento de exigencia de nuevos requisitos para el trámite de obtención de la nacionalidad por la Ley 52, Ley de la Memoria Histórica que inicié hace 10 años y no acaban de concluirlo.

Me citan cada 4 años a pedirme nuevos papeles.
Para mi sorpresa, me exigen presentar la «certificación de la firma del Tratado de París por parte de mi abuelo», así, literalmente, como si mi abuelo hubiera sido uno de los 10 plenipotenciarios que sí lo hicieron. Además, me dieron un ultimátum de 3 meses para gestionarlo. Primera vez que este requerimiento aparece entre las exigencias que me han hecho.
Por suerte, encontré en internet esta página y hallé información de cómo proceder (cosa que debió hacer el consulado español).

Compadezco a los que no lleguen a este link.
Gracias por la información ofrecida, comenzaré mi batallar en el ANC.
Saludos

Doble R dice y resume el otro Pedro

Barbaridades, no son más que barbaridades. Sólo el no estar inscrito en el registro de inmigración y extranjería es un ‘delito’ que no lo hace calificar, y que no le da legitimidad al progenitor y prácticamente lo deja fuera de su carácter de español.
Este caso es común. De no tener el documento de extranjería, el consulado no puede probar si el padre del reclamante nació después de su renuncia, si es que renunció, es por ello que toma esta decisión de no aceptarlo. Lo que tiene que hacer es no cansarse, que siga luchando, con la nueva ley si calificará, ya que tiene todos los documentos necesarios para hacerlo.

Son muchos que, sí tienen derecho, pero esta LMH tiene muchos parches.

 

 Última Edición del 2020