Reseñando la opinión ajena: Nacionalidad descendientes emigrantes

«Si tú me lo das, por qué me lo quitas»

 

El pasado 24 de abril,  Dª Mª de los Ángeles Fernández-Ramil, escribió un excelente texto que hoy deseamos reseñar

Relacionado con el derecho a la Nacionalidad descendientes emigrantes

Inicia su artículo con esta frase

«No es usual que los consulados constituyan un recuerdo significativo en la vida de las personas»

Coincido con ella, pero lo que dice a continuación es la respuesta que a la afirmación

«…si lo es para quienes […] hemos sido marcados por la emigración»

Y lleva mucha razón MA.

Tengo tantas quejas de los consulados españoles en Latinoamérica en mis archivos

Que habría material para hacer un tratado de amarguras

Y continúa Mª de los Ángeles diciendo…

Sin embargo sí lo es para quienes, como yo, hemos sido marcados por la experiencia de la emigración.

Cuando me trajeron por primera vez a Galicia, a los cinco años, mi padre iba a menudo al consulado de Venezuela en A Coruña

Lo hacía por trámites, pero también como forma de mantenerse informado de lo que allá acontecía, leyendo sus periódicos.

Forma parte de la mitología familiar el hecho de que yo habría aprendido a leer de corrido mirando, sentada junto a él, los titulares.

Pero ahora viene contarnos la parte más dolorosa del asunto

Nacionalidad descendientes emigrantes

 

Una noticia inesperada en el Consulado español de Chile

Es por eso que, cuando mi hija volvió a casa, luego de ir a renovar su pasaporte español en las oficinas del consulado de España en Santiago de Chile

Y me dice, con lágrimas en los ojos, que había perdido la nacionalidad, la noticia tuvo –para mí– una connotación especial.

¿Cómo era posible que yo, que presumo de informada por mi condición de analista política, no tuve conocimiento de lo que dispone el artículo 24.3 del Código Civil de España en materia de nacionalidad?

En él, se establece que los hijos de españoles nacidos fuera de España e inscritos como españoles, una vez cumplida la mayoría de edad a los 18 años (y hasta los 21), deben acercarse a una oficina consular a ratificar expresamente su deseo de conservarla.

Me puse de inmediato en acción. Orientada por el cónsul de la época, se me señaló que la nacionalidad podía recuperarse, sí, pero bajo la condición de residir un año en España.

 

Nacionalidad descendientes emigrantes: De nuevo la pregunta

«Si tú me lo das, por qué me lo quitas»

La idea sonaba descabellada.

¿Qué podía hacer mi hija, que estaba inmersa en la elaboración de la tesis para titularse en la universidad, en un país asolado por la crisis y del que los jóvenes salían por miles, buscando horizontes laborales?

Se nos sugirió cursar un trámite denominado dispensa de residencia. Recopilamos cuanto antecedente pudimos y que mostraba el vínculo generado con España, desde las visitas que había realizado para conocer sus raíces, hasta su participación en las actividades del Lar Gallego en Santiago.

No fue suficiente. Desde Madrid, vino una negativa bajo la que subyacía algo distinto a lo que se nos había alentado a demostrar.

Se señalaba que no se había mostrado evidencia que sostuviese la imposibilidad de vivir en España, mientras nosotros nos habíamos esforzado en mostrar apego, vínculo, interés y conocimiento de la realidad española.

La conocida insensibilidad burocrática mostraba su cara más absurda.

La coyuntura económica y social que la península vivía en ese momento aconsejaba cualquier cosa menos venirse a vivir a un país cuya tasa de paro escalaba al 26%.

Pérdida de la Nacionalidad descendientes emigrantes

 

A partir de allí, comencé a indagar –en el seno de la comunidad gallega en Chile– la situación de otros jóvenes que habían vivido una situación similar

Observando un patrón que se repetía: desconocimiento de la ley por envío de información a domicilios o correos electrónicos inexistentes

O bien la presunción, por la parte de los potenciales interesados, de que ya poseían la nacionalidad

Por el mero hecho de tener el pasaporte vigente a la fecha indicada para la ratificación de su deseo.

¿Alguien puede afirmar que Gabriela Diéguez Santa María y Catalina Yáñez Cifuentes no tienen interés en ser españolas y gallegas?

La primera publicó ‘Agua, harina, sal y levadura: relatos del oficio panadero en Santiago de Chile’,  donde rescata la historia y legado de los panaderos gallegos

La segunda, a punto de cumplir los dieciocho años, visitó Galicia para encontrarse con su familia, a instancias del Lar Gallego de Chile.

Pensó, por ello, que ya era española. Constató después, con desazón, que había perdido la condición de tal a los 22 años y al momento que su hermano menor fue a ratificar la nacionalidad.

Al trasfondo de leyes incumplidas y de trámites no realizados subyace algo más profundo:

La falta de encaje entre el vínculo establecido en el plano emocional […] y el vínculo jurídico.

….

Donde algunos de sus miembros poseen la nacionalidad mientras otros la han perdido sin haberse dado cuenta.

Un atisbo de luz al final del túnel

La propuesta de Ley para solucionar la discriminación en la Ley de Nietos

Además de la pérdida de la nacionalidad española, hay otros despropósitos en la España que muchos amamos

Por ejemplo con aquellos que quedaron fuera de la Ley de Memoria Histórica impulsada por el gobierno del presidente Zapatero

Como decimos en la respuesta a esta pregunta en nuestra Web:

» ¿A qué otros descendientes discriminados beneficiará la propuesta

Pues beneficiará a los siguientes segmentos, descendientes de la diáspora hispana, a saber

  • Los nietos que no se presentaron a la LMH por determinadas causas,
  • Bisnietos mayores de edad,
  • Nietos de abuelas discriminadas,
  • Nietos de emigrantes naturalizados en país de acogida y que perdieron su condición de españoles
  • Otros posibles beneficiarios (Nacionalidad descendientes emigrantes)

Luego de esta acotación, sigamos con el texto de Mª de los Ángeles

Mi decisión de retornar a Galicia, luego de casi cuarenta años viviendo en América Latina…

Coincide felizmente con la posibilidad de que se tramite en el Congreso de Diputados una nueva ley de nacionalidad española

Más coherente e integral que lo que actualmente existe…se propone: modificar los artículos 17, 20 y 24 del Código Civil.

Siendo aspiración de larga data de diversos grupos y colectivos residentes en el exterior, permitiría reparar muchas situaciones distintas incluida también la de los nietos que no ratificaron.

María de los Ángeles Fernández-Ramil, analista política y doctora en Procesos Políticos Contemporáneos de la USC.
Texto publicado originalmente

Palabras finales de esta reseña: Nacionalidad descendientes emigrantes

Vienen muy a cuento estas reflexiones de una Doctora en procesos políticos de la Universidad de Santiago de Compostela

Tiene que ver con la propuesta de Ley actual para descendientes discriminados

Pero en el texto reseñado se habla del peso que tendrían las diferentes Comunidades Autónomas  en el apoyo de esta propuesta

Y para no hacer más extenso esta entrega le propongo hablar del asunto próximamente

 

Si le parece adecuado, deje sus comentarios seguidamente…

 

Edición Semanal