Los lectores pueden opinar acerca del nuevo procedimiento en el Consulado español de la Habana para la obtención de Citas y la calidad del procedimiento. Mientras esperamos que ambos gobiernos acaben de definir cuándo se abrirá el CE de Camagüey.
Información oficial. Ejemplo I
Detrás de la fachada
Nuevo Procedimiento
para la petición de una cita en el Consulado General de España en La Habana que permita realizar la solicitud de un visado de entrada para familiar de ciudadano de la UE, del Espacio Económico Europeo y de Suiza (de hasta 90 días por semestre).
Importante
En cumplimiento a lo establecido en el artíc. 5, apart. 2, párrafo 2º de Directiva 2004/38/CE relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los demás miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, que establece que “los Estados miembros concederán [a los miembros de las familias cubiertos por la Directiva] todas las facilidades para obtener los visados que precisen. Estos visados se expedirán gratuitamente lo antes posible, mediante un procedimiento acelerado”, el Consulado General de España en La Habana pone a disposición de las personas legitimadas para solicitar este tipo de visados, un moderno sistema abreviado de petición de turnos que mejorará notablemente los tiempos de remisión y estudio de los expedientes y, en definitiva, de la gestión de estos visados. [Info tomada de la Web del Cons. España Habana]
Lo que hay detrás de esta fachada…veamos lo que dicen los afectados.
Tomado de las cuentas de Twitter @ConsEspLaHabana y @grupodobleR
D.Q. preguntó antier
Pudiera alguien decirme ¿cuando habrán horas disponibles nuevamente en la app para solicitar citas de visados?
J.F.R. comentó ayer
No se pueden descargar los formularios ni se pueden coger citas,algo debe andar mal en la página,por favor….
A.S. dijo también ayer
Creo es importante las explicaciones pero también la forma de explicarlo. Con las grandes demoras de la cosas…
Información periodística. Ejemplo II
Detrás de la fachada
El Consulado de España en La Habana ha puesto en marcha una nueva aplicación para solicitar turno para la tramitación de visado, en respuesta a los retrasos en los trámites y al aumento de la demanda.
Este nuevo procedimiento incluye el Visado Schengen para estancia o tránsito territorial (hasta 90 días por semestre); y surge a raíz de que en los últimos meses “las solicitudes de cita para visados han crecido considerablemente”, afirmó la representación diplomática.
Según lo establecido, las citas “se expedirán gratuitamente lo antes posible, mediante un procedimiento acelerado”, para lo cual “el Consulado General de España en La Habana pone a disposición de las personas legitimadas para solicitar este tipo de visados, un moderno sistema abreviado de petición de turnos que mejorará notablemente los tiempos de remisión y estudio de los expedientes y, en definitiva, de la gestión” de los mismos.
Las visas podrán ser solicitadas por los familiares de un ciudadano de la Unión Europea (España, Islandia, Noruega, Liechtenstein y Suiza), siempre y cuando le acompañen o se vayan a reunir con él.
De manera general, quienes a partir de ahora soliciten el permiso para viajar a Europa deberán tener a mano una dirección de correo electrónico válida, su nombre y apellidos tal y como figuran en su pasaporte, su número de pasaporte o cédula de identificación y un número de teléfono móvil, señala la página web.
La representación diplomática en el país caribeño también informó que la no comparecencia a una cita concertada o la reserva de un turno para un día que no le corresponde acarreará, de forma inmediata, la suspensión del derecho a solicitar una nueva cita en los siguientes seis meses.[Tomado de España Exterior Redacción Habana de EE]
Entonces este redactor, como pueden ver, accedió la Web del Consulado para hacer un simulacro de cita
Esta es la respuesta que hemos obtenido. No hay horas ni citas disponibles en este momento
Mirar detrás de la Fachada
Detrás de la fachada
LA HABANA, CUBA, enero de 2020
A: Consulado General de España en Cuba
De: Xxxx Xxxxx
Rfte: Rogatorio sobre Requerimiento de trámite de Visado de fecha reciente
Sirva la presente para solicitar una reconsideración a lo señalado en el requerimiento de la línea de referencia, en tanto quien suscribe siendo Suegra de un ciudadano español, he preparado toda mi documentación para trámite de Visado de entrada para familiar de ciudadano de la UE.
En tal sentido, la documentación obrante en mi expediente acredita todo lo que se establece y justamente lo que me ha sido requerido, relativo a Medios económicos, seguro médico y arraigo patrimonial en Cuba, no lo aporté, pues al ser Ascendiente a Cargo de un español, me considero exenta de aportar tales extremos
Tal y como le define el Procedimiento emitido por el propio Consulado y el cual transcribo:
Estos solicitantes no deben de abonar ninguna tasa de solicitud del visado. No tienen que aportar ningún seguro médico de viaje y tampoco tienen que justificar que tienen medios económicos de subsistencia.
En mérito a ello, estoy rogando sea reconsiderada esa decisión consular, y pueda continuarse el proceso sin dar cumplimiento a lo requerido.
Respetuosamente
Xxxxx Xxxxx
Solicitante
Es cierto que en el Consulado hay personas amables, profesionales y que conocen muy bien su trabajo
Pero por esta misma razón no deberían darse casos como este, aunque la persona sea mayor y nunca haya asistido a una solicitud de visado
Porque en estos casos los documentos son los que ‘hablan’ por aquello de que ‘papelito habla lengua‘
Y tratándose de una persona mayor de edad y de un limitado nivel cultural: más profesionalidad y amabilidad debe mostrar el funcionario/a
No solamente han confundido el permiso solicitado si no que además le han cobrado el importe del trámite
Ojalá que sea un caso único este que ha llegado a nuestro conocimiento.
A modo de conclusiones finales
Detrás de la fachada
Es decir, parafraseando a Iñaki Gabilondo, siempre informar es mejor que especular
Sobre todo si de nuevas informaciones se trata deberíamos ser cada vez más objetivos e incluir las ventajas de los nuevos mecanismos…pero
También deberíamos incluir las opiniones de los afectados, es decir, la efectividad del nuevo procedimiento
Como hemos visto tanto la info de España Exterior como la institucional del CE Habana no se retroalimentan de los afectados.
Si no caeríamos en el efecto complacencia
Buscar siempre ‘detrás de la fachada’. Al menos así pensamos.
Edición de Viernes
Jose El denunciador
Mira Pedro. Te informare para que lo hagas publico y lo denuncies. Que lo de este consulado no tiene nombre ni para cuando acabar. Ahora los actos de corrupcion los manejan los informaticos que operan los sistemas automatizados tanto de turnos de visas, de incripcion en los registros consulares y de todos los servicios que este consulado presta. Es por ello que todo este mecanismo estriba en seguir con los problemas que siempre han axistido en este consulado y poner sancadillas para que continue el desespero de la gente y paguen para resolver el problema. Ahora los nuevos operadores de los sistemas que aqui operan ralizan las operaciones a travez de una figura conocida de ellas y que ronda todo el dia por fuera de la lonja del comercio proponiendo estos servicios con una tarifa o un precio por cada uno de ellos. La repuesta si paga es lo mas rapido que usted no puede inmaginarse.
Los conozco y lo hago publico en esta pagina para que todo el mundo lo conozca y los funcionarios de este consulado auditen estos sistemas con las fechas de solicitud de estos servicios y la fecha donde dan repuesta, para bque vean que no es mentira. Es por eso las demoras de algunos servicios y los problemas que crean los administradores y operadores de estos sistemas. MI FUNCION ES ACUSARLOS POR LAS MOLESTIAS E INJUSTICIAS QUE ESTO ACARREA.
Caridad
CÓMO PUEDES PRESENTAR UNA QUEJA POR LA ACTUACIÓN DE UN CONSULADO DE ESPAÑA EN EL EXTRANJERO.
¿Se puede presentar una queja por la actuación de un Consulado? Tal y como publica el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación español (maec), España cuenta con una amplia red consular dependiente de dicho ministerio, compuesta en la actualidad por cerca de 200 Oficinas Consulares y Secciones Consulares de Embajadas, así como alrededor de 500 Consulados y Viceconsulados Honorarios.
Los Consulados de España en el exterior, añade, son centros de prestación de toda una gama de servicios jurídico-administrativos destinados a surtir efectos y validez en España y que, por tanto, facilitan la relación o vinculación con nuestro país de los ciudadanos españoles o de los extranjeros conectados por algún motivo con España. Esos servicios se prestan aplicando la legislación española pertinente y ateniéndose a los requisitos que ésta marca.
Además, entre las funciones de los Consulados, establece el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación que estos prestarán servicios de Registro Civil, notariales, de legalización de documentos, o de remisión de comunicaciones e instancias a organismos españoles.
En los últimos meses nos han llegado multitud de casos de personas con quejas sobre determinados comportamientos por parte de funcionarios consulares, tanto en el momento de ser atendidos como a la hora de la realización de determinados trámites administrativos.
Por poner un ejemplo de casos que hemos podido comprobar directamente: denegaciones carentes de la más absoluta fundamentación jurídica, ausencia de respeto a las normas administrativas en el procedimiento de trámite de visados, citas para familiares de comunitarios a meses vista, etc.
En aplicación de las leyes españolas, toda resolución que se adopte por un órgano administrativo español, en aplicación de la Ley de Procedimiento Administrativo, debe estar fundamentada y motivada de forma explícita, para que el interesado, en caso de no estar de acuerdo con la resolución adoptada, pueda presentar los correspondientes recursos. La ausencia de motivación en las resoluciones dictadas por nuestros consulados es la tónica habitual, con una mera enumeración de los supuestos de denegación y una X marcado uno o varios de los motivos pero sin ninguna explicación del porqué de dichos motivos.
Tambien nos encontramos con casos en los que se deniega un visado por un motivo concreto, ante el cual se interpone el correspondiente recurso y se vuelve a denegar el recurso por un motivo distinto, generando una indefensión al administrado incuestionable. La resolución del recurso por parte del Consulado debe ser acorde a la primera resolución dictada por él mismo. Es decir, si solicitamos un visado de reagrupación familiar comunitaria, por ejemplo, y nos deniegan porque según el Consulado no se acredita el vínculo familiar, cuando presentemos el recurso, el Consulado deberá resolver bajo los mismos argumentos y atendiendo a los documentos que presentemos y no podrá servirse de la resolución del recurso para denegarnos por otro motivo, como por ejemplo, por no acreditar medios económicos, como hizo recientemente el Consulado General de República Dominicana.
Casos más graves son los de negativa de los funcionarios a admitir determinados documentos en contestación a requerimientos, dónde hemos podido comprobar como se «quitan» de nuestros escritos los documentos que el funcionario no estima oportunos en el mismo momento de la presentación (gravísimo!!!). Si llegado el caso, presentamos un recurso ante el Consulado, el funcionario que nos recoja la documentación EN NINGÚN CASO, podrá quitarnos documentos, es decir, si junto con nuestro recurso aportamos documentos de prueba, el funcionario deberá aceptar y registrar TODOS los documentos.
Por ello, si pensáis que estáis dentro de uno de estos supuestos, o pensáis que habéis recibido indigno o no correcto, es posible dirigir vuestra queja por la actuación de un Consulado por escrito a:
Director General de Asuntos Consulares y Migratorios
Calle Ruiz de Alarcón número 5.